Los prestamistas informales, conocidos popularmente como 'chulqueros', se han convertido en objetivos de secuestros y extorsiones en Portoviejo y cantones aledaños, aparentemente perpetrados por bandas delictivas que buscan extorsionarlos y exigirles pagos, práctica conocida como la "vacuna".

Es frecuente observar a grupos de hasta decenas de prestamistas informales, cuya actividad constituye delito de usura según la ley ecuatoriana (Art. 309 COIP), recorren barrios y comercios cobrando créditos con intereses que superan significativamente las tasas legales. Lo hacen en motocicletas, con suéteres, gorras o incluso pasamontañas. 

En la actualidad, la tecnología juega un papel clave, ya que muchos de estos prestamistas usan aplicaciones móviles para administrar el cobro de sus cuotas, registrando cada pago en tiempo real al estilo de un banco. Sin embargo, las condiciones para los clientes distan mucho de las de una entidad financiera: los intereses diarios y semanales pueden oscilar entre el 20% y el 40%.

Normalmente un prestamista informal suele manejar entre 100 y 200 clientes activos en su ruta, según estimaciones recogidas entre personas de los sectores que visitan.

Crecimiento de la violencia y amenazas

El aumento de clientes y operaciones ha traído consigo violencia, cuyo blanco se centra en los prestamistas informales. En muchos casos, los delincuentes estudian los movimientos de estos trabajadores y los interceptan para exigir pagos extorsivos bajo amenaza de daño físico.

Varios prestamistas informales consultados bajo reserva informaron a la redacción de El Diario sobre estas extorsiones. Son decenas que han sido secuestrados de forma temporal por grupos delictivos que suelen exigirles dinero para "permitirles trabajar", comentaron.

El silencio ante las extorsiones

Según testimonios recogidos en el ámbito de la economía informal, la mayoría de estos secuestros se resuelve con el pago del llamado "rescate", sin que los afectados presenten denuncias oficiales ni busquen el apoyo de la Policía Nacional.

Esta tendencia al silencio se alimenta por el temor a represalias y una desconfianza en los mecanismos de protección oficial. Además, que la actividad es prohibida en Ecuador.

Estos episodios se manejan como secretos a voces entre los actores del sector. Los afectados prefieren "quedarse callados" y resolver los casos por su cuenta, repitiéndose una y otra vez el mismo ciclo: secuestro, exigencia de la vacuna y liberación tras el pago.

La usura en Ecuador está principalmente impedida y tipificada como delito en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), específicamente en el artículo 309 (usura) y 308 (enriquecimiento privado no justificado), sancionando con pena privativa de libertad de 5 a 7 años a quien simule negocios ocultando préstamos usurarios. Además, el artículo 335 de la Constitución prohíbe prácticas abusivas y el cobro de intereses excesivo.COIP

 

El doble filo de la informalidad

Los prestamistas informales gozan de fama de ser agresivos cuando se trata de cobrar a los clientes que se atrasan o dejan de pagar, empleando tácticas de presión para obtener lo que consideran "justo". Sin embargo, esta imagen de dureza contrasta ahora con una realidad en la que ellos mismos han pasado a ser víctimas del hampa.

Un comerciante que accede generalmente a estos préstamos ilegales mencionó bajo reserva de identidad a El Diario, que muchas veces amenazan con quitarle vehículos, prendas o electrodomésticos para recuperar su dinero.

"Pero eso nos toca, no hay más. Los bancos no prestan y aquello nos orilla a buscar el dinero por otras vías, aunque muchas veces sean excesivamente caras de cubrir", comentó el ciudadano.

La usura es un delito contra el patrimonio, severamente castigado en la legislación ecuatoriana.Delito penal

 

El sector de los préstamos informales, conocido por su rápida movilidad y métodos poco ortodoxos de recaudación, enfrenta así el desafío de soportar tanto la presión de quienes deben cobrar como el asedio de la delincuencia organizada que ve en estos prestamistas un blanco fácil para el chantaje y la extorsión. 

La legislación ecuatoriana sanciona severamente la usura (Artículo 309 del Código Orgánico Integral Penal) con pena privativa de libertad de 5 a 7 años, lo que coloca a estos prestamistas en situación de doble vulnerabilidad. (22)