El juez Felipe Córdova Ochoa solicitó el 24 de marzo de 2026 a la Asamblea Nacional del Ecuador levantar la inmunidad de la asambleísta Mónica Palacios Zambrano, por una querella de calumnia presentada por Cynthia Gellibert Mora, basada en una publicación difundida en la red social X.
El pedido judicial se encuentra en conocimiento del presidente de la Asamblea, Niels Olsen, desde el 24 de marzo de 2026. Para que el proceso avance en la vía penal, la normativa exige una autorización legislativa debido a la condición de asambleísta de Palacios. Primero, la solicitud deberá ser analizada por la Unidad Técnica Legislativa. Luego, el Consejo de Administración Legislativa emitirá un pronunciamiento formal. Finalmente, el pleno decidirá si procede el levantamiento de la inmunidad.
Origen de la querella y base legal
La acción penal privada fue presentada por Cynthia Gellibert Mora, quien actúa como ciudadana. La querella se sustenta en el delito de calumnia, tipificado en el artículo 182 del Código Orgánico Integral Penal. Esta norma sanciona a quien realice una falsa imputación de un delito contra otra persona por cualquier medio. Según la querellante, los hechos denunciados no corresponden al ejercicio de funciones legislativas.
El documento judicial indica que la conducta señalada se relaciona con una publicación en la red social X, fuera de un espacio institucional. De acuerdo con el escrito presentado ante el juez, el contenido fue difundido sin formar parte de un debate legislativo ni de una intervención ante autoridad competente.
La querellante sostiene que el mensaje estuvo dirigido de forma nominativa hacia una persona específica. Además, afirma que el contenido tenía capacidad de afectar el honor y el buen nombre. El hecho central ocurrió el 13 de enero de 2026, cuando desde la cuenta @MoniPalaciosZ se difundió un mensaje con afirmaciones sobre presuntas conductas relacionadas con explotación laboral, uso de influencias y adquisición de bienes.
Contenido del mensaje y cuestionamientos
Según la querella, el mensaje no fue presentado como una duda o comentario general. Se señala que utilizó un tono categórico, en segunda persona, con verbos que describen acciones como hechos consumados. El texto también incluyó referencias a personas y mecanismos específicos. Además, se mencionaron conductas como testaferrismo y corrupción, lo que, según la denunciante, supera el ámbito de la crítica política.
La querellante afirmó que no existía una denuncia previa ni una resolución judicial que respalde esas afirmaciones. Ante el juez, Cynthia Gellibert Mora negó de forma expresa los hechos descritos en la publicación. Rechazó haber participado en prácticas como uso de influencias o adquisición irregular de bienes.
También negó haber utilizado terceros como interpuestas personas. Según su versión, la publicación tuvo difusión en una red social de acceso masivo. Indicó que se emplearon elementos que amplificaron su alcance. A su criterio, esto incrementó el impacto sobre su honor objetivo.
Solicitudes de sanción y reparación
En su petición, la querellante solicitó que se admita a trámite la causa. En caso de sentencia, pidió que se declare a la asambleísta autora del delito de calumnia. Además, solicitó una pena privativa de libertad de dos años. Entre las medidas de reparación integral planteadas constan: disculpas públicas en la misma cuenta de X, eliminación del contenido, difusión de la sentencia y el pago de 20.000 dólares por daño moral.
La querellante sostiene que la acción fue presentada dentro del tiempo establecido por la ley. Indicó que los hechos ocurrieron el 13 de enero de 2026 y que la acción penal privada no ha prescrito. Este argumento forma parte de los elementos expuestos en el escrito judicial que ahora deberá ser procesado por la Asamblea Nacional.