El juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), Patricio Maldonado, rechazó este 11 de mayo de 2026 la denuncia presentada por la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint. La denuncia era contra el expresidente de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), Leonidas Iza y la responsable económica Zenaida Yasacama. El motivo se da por presuntas irregularidades en la rendición de cuentas de la campaña de la consulta popular del Yasuní (Bloque 43) de 2023.

El magistrado determinó que, si bien Leonidas Iza y Yasacama estaban obligados a rendir cuentas por haber administrado recursos destinados a influir en la voluntad popular, el CNE no logró demostrar de forma fehaciente la existencia de la infracción denunciada. Además, ratificó la exclusión de Patricia Lalvay como jefa de campaña, al considerar que esa figura no está contemplada en la legislación electoral.

Falta de pruebas eficaces

En su sentencia, el juez Maldonado cuestionó la actuación del organismo electoral y señaló "negligencia probatoria" por no haber incorporado documentos fundamentales en la denuncia inicial e intentar introducirlos posteriormente mediante mecanismos procesales improcedentes.

"Los elementos presentados por el equipo legal del CNE son considerados jurídicamente espurios", sostiene el fallo, al indicar que los documentos fueron ingresados a través de una "vía procesal inexistente", rompiendo el equilibrio y la lealtad procesal.

Críticas a la asesoría jurídica del CNE

El magistrado realizó un fuerte llamado de atención a la Dirección Nacional de Asesoría Jurídica del CNE, responsable de la correcta incorporación de la prueba de cargo. Criticó la omisión de adjuntar físicamente los documentos base y calificó como "improcedentes" los intentos de subsanar estas deficiencias durante el proceso.

El fallo también establece que no existe certeza en el expediente de que se haya declarado administrativamente la falta de observaciones a las cuentas de campaña, ni se comprobó si se interpusieron recursos en la sede administrativa del organismo.

Reacción de Leonidas Iza

Tras conocerse la decisión, Leonidas Iza aseguró este martes 12 de mayo que el fallo confirma la inocencia de la Conaie. "Una vez más queda demostrado el uso de las instituciones del Estado para perseguir y hostigar a quienes defendemos el Yasuní, la democracia y los derechos de los pueblos", señaló en un comunicado difundido en redes sociales.

La Ecuarunari, por su parte, emitió un comunicado oficial en el que interpreta la resolución como evidencia de persecución política contra los defensores del medio ambiente y la democracia.

Contexto del caso

La denuncia del CNE se centraba en el supuesto incumplimiento de la subsanación de observaciones sobre los informes financieros de la campaña del Yasuní. Sin embargo, el juez Maldonado concluyó que las resoluciones y el informe jurídico del CNE carecen de eficacia probatoria y vulneran el debido proceso.

La sentencia del juez Patricio Maldonado puede ser apelada ante el Pleno del Tribunal Contencioso Electoral.