La jornada laboral en Ecuador mantiene las 40 horas semanales establecidas en el Código del Trabajo, aclaró el ministro de Trabajo, Harold Burbano. Además, explicó que la propuesta de flexibilización contempla hasta doce horas en casos excepcionales y permite compensar hasta dos horas adicionales con pago económico o tiempo de descanso.

El 19 de febrero circuló el Acuerdo Ministerial MDT-2026-046, que plantea ajustes sobre la jornada laboral en Ecuador y contempla hasta doce horas diarias en situaciones específicas. Sin embargo, el 20 de febrero el ministro indicó que el documento se filtró y no entra en vigencia.

Jornada laboral en Ecuador y horas extra

El ministro precisó que la regla general mantiene ocho horas diarias y cuarenta semanales. Además, señaló que las dos horas adicionales podrán pagarse con dinero o compensarse con descanso mediante acuerdo entre trabajador y empleador.

"No estamos afectando al Código del Trabajo. Es muy claro: 40 horas a la semana, ocho horas diarias, dos horas extra que se podrían aumentar pueden ser pagadas a través de dinero o, de ser el caso, con esta normativa, pagarlo con tiempo. ¿Qué es lo más valioso que tenemos los seres humanos? El tiempo. Es decir, si yo quiero trabajar hasta 10 horas diarias, puedo trabajar cuatro días y tener tres días de descanso", comentó este lunes, 23 de febrero, en entrevista para Teleamazonas.

El titular de Trabajo indicó que la jornada laboral en Ecuador no incrementa el límite semanal. Además, recalcó que la compensación con tiempo constituye una alternativa voluntaria y no elimina el pago correspondiente.

Excepciones en la jornada laboral en Ecuador

Burbano explicó que el esquema de doce horas aplica únicamente en casos excepcionales vinculados al sector transportista. Asimismo, señaló que la propuesta elimina "este famoso cargo a vacaciones" dentro del nuevo planteamiento.

"¿Entonces no equivale a aumento de horas de trabajo?", le preguntaron al ministro, quien respondió que no. Y recalcó que el tema de las 12 horas es exclusivamente para aquella excepcionalidad que existe con el sector de los transportistas.

El funcionario afirmó que la jornada laboral en Ecuador no reduce derechos ni modifica garantías establecidas en la normativa vigente. "No se está precarizando nada", afirmó durante la entrevista.

Vigencia y control de la regulación laboral

El ministro explicó que una norma con efectos generales rige tras su publicación en el Registro Oficial. Además, recordó que la Constitución y el Código Civil establecen ese procedimiento obligatorio.

"Sabemos que la normativa nacional, especialmente el Código Civil, la misma Constitución, la Corte Constitucional ha sido bastante clara, que una norma que genere efectos generales entra en vigencia cuando se publique en el Registro Oficial", comentó.

Burbano anunció reuniones con dirigentes sindicales y cámaras de industrias y comercio para revisar la propuesta sobre jornada laboral en Ecuador. Además, indicó que los horarios deberán contar con aprobación ministerial y que, si no existe respuesta en diez días, aplicará silencio administrativo positivo.

"Hemos puesto una reglamentación de que si no se aprueban en diez días, aplica un silencio administrativo positivo. Este es un tema que está siendo discutido, especialmente con el sector de los trabajadores", comentó.