El economista Andrés Albuja Batallas presentó una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional contra la resolución del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae). Esta eleva al 100% la tasa de seguridad para las importaciones provenientes de Colombia a partir del 1 de mayo de 2026.

La acción, ingresada el 11 de abril a las 23h16 y sorteada bajo el número de causa 6-26-IA, quedó a cargo del juez constitucional Alí Lozada Prado. La demanda busca suspender de inmediato la resolución 0031 del Senae, emitida el 9 de abril, y también impugna las resoluciones anteriores del 24 de enero y 28 de febrero, que fijaron tasas del 30% y 50% respectivamente, aunque estas ya se encuentran derogadas.

Según el Ministerio de Producción, la medida responde a la falta de implementación de medidas efectivas en seguridad fronteriza por parte de Colombia.

Origen del conflicto arancelario

La resolución del Senae duplica la tasa vigente del 50% y forma parte de lo que se ha denominado "guerra comercial" entre ambos países. Albuja argumenta que el incremento vulnera principios constitucionales como la integración regional al atacar la estructura de la Comunidad Andina (CAN).

La demanda también señala que la medida provocó la suspensión de la interconexión eléctrica con Colombia, forzando a Ecuador a depender de un parque térmico vulnerable. Esto, según el documento, aumenta el riesgo de apagones y afecta sectores estratégicos como salud y defensa.

Argumentos sobre seguridad energética y jurídica

Albuja sostiene que la tasa genera inseguridad jurídica mediante un supuesto "fraude procesal", al emitir nuevas resoluciones que dejan sin efecto las anteriores ya demandadas, rompiendo la certeza del derecho y la confianza ciudadana en las instituciones.

Además, califica la norma de fomento a la economía ilegal, al incentivar el contrabando y el lavado de activos en la frontera norte. La acción judicial destaca la vulneración de los derechos de la naturaleza, pues la crisis energética derivada obliga a una mayor quema de Fuel Oil en plantas termoeléctricas, incrementando la contaminación ambiental.

Solicitudes de la demanda

Como medida cautelar, el demandante pide la suspensión inmediata de los efectos de las tres resoluciones del Senae (0006, 0017 y 0031). El objetivo final es que la Corte declare su inconstitucionalidad por vicios de forma y de fondo.

Adicionalmente, solicita que se disponga el cese de cualquier gravamen que no cuente con aprobación previa de la Asamblea Nacional y que se exhorte al Poder Ejecutivo a retomar los tratados de integración necesarios para garantizar la seguridad energética nacional.

Contexto de la medida aduanera

La elevación del arancel se aplica exclusivamente a productos importados desde Colombia y entrará en vigor el 1 de mayo de 2026. El Ministerio de Producción justificó la decisión tras constatar la ausencia de acciones concretas de Colombia en materia de seguridad fronteriza.