El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, aprobó este jueves 23 de abril de 2026 el nuevo reglamento penitenciario del Sistema Nacional de Rehabilitación Social mediante el Decreto Ejecutivo 366, en Quito.
La normativa sustituye la resolución vigente desde 2020 del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad (SNAI)y busca responder a la crisis de seguridad carcelaria, que en 2025 dejó 206 presos asesinados y un hacinamiento del 34,42% a nivel nacional.
Nueva estructura y control del sistema penitenciario
El reglamento penitenciario establece tres niveles de administración que separan funciones de gobierno, dirección y ejecución. En este esquema, el SNAI queda como un órgano operativo encargado de implementar políticas penitenciarias.
El documento, de 131 páginas y 279 artículos, reorganiza el sistema en tres libros y alinea normas para el tratamiento, progresividad y reinserción social de las personas privadas de libertad.
Medidas para frenar delitos desde las cárceles
Entre los cambios principales, el decreto ordena la instalación de inhibidores de señal permanentes para evitar la planificación de delitos desde los centros penitenciarios. Además, dispone el uso de reconocimiento de voz en llamadas y la grabación de comunicaciones y visitas.
Las autoridades podrán restringir o suspender contactos cuando existan riesgos de seguridad. También se implementa un subsistema de inteligencia penitenciaria para detectar amenazas de forma anticipada.
Régimen especial y control de internos peligrosos
La normativa crea un régimen diferenciado para internos considerados de alta peligrosidad. Este sistema permitirá aplicar condiciones especiales sin modificar las penas y habilita traslados coercitivos inmediatos para prevenir delitos o motines.
El SNAI será responsable de clasificar a los reclusos y determinar los centros de reclusión según niveles de seguridad: máxima, media y mínima.
Eliminación de dinero en efectivo y límites de gasto
El reglamento penitenciario prohíbe el uso de dinero en efectivo dentro de las cárceles. Las transacciones en economatos se realizarán mediante transferencias directas a proveedores, con el objetivo de reducir economías ilegales.
Además, se establecen límites de consumo vinculados al salario básico: 25% para procesados y 30% para sentenciados. De estos montos, el 40% se destinará a productos de aseo y el 60% a alimentación complementaria.
Cambios en grilletes electrónicos y beneficios penitenciarios
El decreto introduce el pago obligatorio por el uso y mantenimiento de dispositivos de vigilancia electrónica, con excepciones para personas en condición de vulnerabilidad.
Asimismo, se crea la Comisión de Beneficios Penitenciarios, que centralizará las decisiones sobre prelibertad. El seguimiento de quienes accedan a regímenes abiertos estará a cargo de unidades de reinserción descentralizadas.
Separación de poblaciones y nuevas disposiciones
La normativa dispone la creación de centros específicos para contraventores de tránsito y deudores de pensiones alimenticias, evitando su convivencia con internos por delitos graves.
También se establecen horarios para la medida de apremio parcial, fijando la privación de libertad entre las 22h00 y las 6h00 en ausencia de disposición judicial específica.
Reinserción laboral y nuevas regulaciones pendientes
El reglamento penitenciario incluye disposiciones para la capacitación técnica y generación de ingresos de las personas privadas de libertad, con registros mensuales de actividades laborales.
Finalmente, el Ejecutivo ordenó al SNAI y al Consejo de la Judicatura emitir normativas complementarias en plazos de dos y seis meses, aunque no se han detallado mecanismos de financiamiento ni fechas de implementación de las reformas.