Franklin Nolberto M. O. (25 años), Silvio Rosendo P. P. (48 años), Freddy Manuel M. N. (27 años) y José Antonio G. N. (22 años) fueron sentenciados a nueve años y cuatro meses  de cárcel como autores del delito de minería ilegal.

Además de la pena privativa, los sentenciados deberán restablecer el ecosistema afectado por la extracción de 900 metros cúbicos de material en el sector del río El Zarza, parroquia Los Encuentros, y pagar una multa de 20 salarios básicos unificados cada uno a favor de la administración de justicia.

La sentencia

La sentencia, notificada por escrito, se fundamenta en las pruebas presentadas por la Fiscalía de Delitos contra el Medio Ambiente y la Naturaleza No. 1 de Pichincha. El Tribunal ordenó que la remediación del área afectada —considerada reparación integral al Estado ecuatoriano como víctima— se ejecute en treinta días desde la fecha de ejecución del fallo, bajo indicaciones técnicas del Ministerio del Ambiente.

Además de la pena de prisión máxima agravada, los magistrados dispusieron el pago de 20 salarios básicos unificados por cada sentenciado. Esta sanción económica se suma a la obligación ambiental: restaurar la zona donde se removieron 900 metros cúbicos de material en un área de 30 × 30 metros y 5 metros de profundidad.

Antecedentes

Los cuatro ciudadanos fueron aprehendidos la tarde del 15 de agosto de 2023 en el sector del río El Zarza por agentes de la Unidad Nacional de Investigación de Delitos Contra el Ambiente y la Naturaleza (UN-IDCAN) de la Policía Nacional. Los testigos policiales describieron múltiples huecos de excavaciones y pozos de agua en proceso, así como maquinaria que excedía los límites de la minería artesanal.Contexto de la minería ilegal en Zamora Chinchipe.

Los sentenciados realizaban minería aluvial a cielo abierto con dos excavadoras, un motor de succión de agua y una zaranda tipo Z para grava aurífera. El informe técnico determinó que extrajeron 900 metros cúbicos, muy por encima del límite permitido para minería artesanal (120 metros cúbicos). Las labores se ejecutaban dentro de una concesión minera sin documentación, licencia ambiental ni permisos de la autoridad competente.