Edison Freddy H. S., fue procesado por el delito de extorsión el 5 de marzo de 2026 en Quito, provincia de Pichincha, Ecuador. Esto tras ser aprehendido en flagrancia en el sector La Santiago, sur de la ciudad, por la Unidad Nacional de Investigación de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestros (Dinased).

El hecho ocurrió el 3 de marzo de 2026, cuando un comerciante denunció mensajes intimidatorios recibidos a través de una aplicación de mensajería instantánea. En estos se exigía el pago de dinero a cambio de no atentar contra su vida, su familia o su negocio.

La víctima realizó dos depósitos a una cuenta bancaria asociada al procesado, pero las amenazas persistieron, lo que motivó la denuncia inmediata a la Policía. 

Alerta a la Policía

La alerta ingresó a la Policía el 3 de marzo de 2026 en el sur de Quito. Agentes de la Dinased iniciaron diligencias investigativas con base en la denuncia del comerciante, quien proporcionó detalles de los mensajes extorsivos y los comprobantes de transferencias. Las pesquisas permitieron verificar la posible ubicación del sospechoso en el sector La Santiago, lo que derivó en un operativo policial inmediato que culminó con la aprehensión de Edison Freddy H. S.

En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, la fiscal de turno presentó elementos de convicción clave: la versión detallada de la víctima, el testimonio de los agentes aprehensores, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos y las evidencias recolectadas.

Entre estas destacan el documento con movimientos bancarios del afectado, comprobantes de las transferencias realizadas y la impresión de los mensajes intimidatorios enviados vía aplicación de mensajería.

Prisión preventiva

Con base en la solicitud justificada de la Fiscalía, el juez que conoció la causa dispuso prisión preventiva para el procesado como medida cautelar, considerando el riesgo de fuga, obstrucción a la justicia y la gravedad del delito.

El artículo correspondiente del Código Orgánico Integral Penal (COIP) tipifica la extorsión con penas privativas de libertad que se agravan cuando involucran amenazas a la vida o integridad de personas y sus bienes.

La rápida respuesta institucional —desde la denuncia hasta la aprehensión y formulación de cargos en menos de 48 horas— resalta la efectividad de los protocolos de flagrancia en casos de extorsión, delito que ha mostrado un incremento significativo en Pichincha y otras provincias durante 2025 y principios de 2026.