La abogada Mónica Jaramillo, especialista en Derecho Administrativo y Electoral, analizó las actuaciones del juez Joaquín Viteri Llanga dentro del auto de verificación de sentencia de la causa 109-2023-TCE, en Ecuador, que involucra al alcalde Javier Pincay.
Jaramillo detalló que, mediante el auto de verificación de sentencia dentro de la causa 109-2023-TCE, el juez de instancia actuó de oficio, es decir, sin petición del denunciante José Miguel Mendoza, excandidato a la Alcaldía de Portoviejo, quien fue asesinado el 2 de julio de 2024.
En ese contexto, señaló que el magistrado declaró el incumplimiento de la sanción de suspensión de los derechos de participación impuesta al alcalde Javier Humberto Pincay Salvatierra, conforme a la sentencia de segunda instancia del 29 de junio de 2023.
Asimismo, detalló que el juez dispuso oficiar a la Fiscalía General del Estado (FGE) para investigar un presunto incumplimiento de decisiones de autoridad competente.
Disposiciones posteriores dentro del proceso
La abogada detalló que, de manera posterior, se ordenó remitir el caso al Consejo de la Judicatura para que se investigue la conducta del juez que otorgó medidas cautelares dentro del proceso en la justicia ordinaria.
Según explicó, esta disposición es improcedente, ya que, aun en el caso de configurarse una posible infracción electoral, la acción se encontraría prescrita tras el transcurso de tres años.
Además, precisó que el oficio a la Fiscalía General del Estado para investigar el presunto incumplimiento se realiza fuera de plazo y sin una adecuada individualización de los hechos a investigar.
Frente a estas actuaciones, el alcalde de Portoviejo debería ejercer las acciones legales correspondientes ante lo que constituye una evidente arbitrariedad, más aún tratándose de un juez que ha sido cuestionado por decisiones recientes
Mónica Jaramillo - Abogada
Contexto del proceso en el TCE
El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) emitió el 16 de abril de 2026 un auto de ejecución en el que determinó que la sanción de dos años de suspensión de derechos políticos contra el alcalde de Portoviejo no ha sido cumplida de manera efectiva.
Esta sanción fue impuesta en 2023 por la inasistencia a un debate obligatorio convocado por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Aunque el alcalde canceló una multa de USD 9.450, la suspensión no se ejecutó materialmente.
El tribunal estableció que la ejecución de la sanción fue bloqueada por medidas cautelares dictadas en la justicia ordinaria, lo que generó un conflicto de competencias.
Otros elementos señalados en el proceso
Otro aspecto relevante dentro del caso es la disposición de investigar posibles responsabilidades relacionadas con el incumplimiento de decisiones de autoridad competente.
El auto también ordena que el Ministerio del Trabajo y el CNE certifiquen la vigencia de la sanción en sus registros, señalando que el tiempo transcurrido bajo medidas cautelares no se considera como cumplimiento.
Además, el TCE reiteró que las acciones de protección no constituyen una vía válida para suspender o modificar decisiones emitidas por la jurisdicción electoral.
Alcance y seguimiento institucional
La abogada detalló que, frente a estas actuaciones, el alcalde de Portoviejo debería ejercer las acciones legales correspondientes dentro del marco jurídico vigente.
También indicó que no se puede utilizar al TCE con fines que afecten la participación política de cara a las elecciones seccionales de noviembre de 2026.
Hasta el momento, no se ha difundido un pronunciamiento oficial por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Portoviejo respecto a este proceso.
Pincay en un mensaje en sus cuentas de redes sociales, pidió calma a la ciudadanía y aseguró que ya se activaron las acciones legales para responder al fallo.