El Ministerio de Trabajo, a través de sus delegados, expuso ante la Comisión del Derecho al Trabajo y a la Seguridad Social de la Asamblea Nacional que las normativas existentes ya regulan eficazmente el acoso laboral.
Esto ocurrió en el marco del análisis del Proyecto de Ley Orgánica para la Prevención y Erradicación del Acoso Laboral. La subsecretaria de Normativa, María Gabriela Pico, y el subsecretario de Empleo y Salario, David Padilla, defendieron la suficiencia del marco legal actual, incluyendo el Convenio 190 de la OIT, lo que provocó un debate.
Argumentos del Ministerio de Trabajo
María Gabriela Pico y David Padilla señalaron que el marco normativo actual ya recoge los principios del proyecto de ley. Subrayaron que la reforma del Código de Trabajo y la LOSEP, junto al Convenio 190 de la OIT, ratificado por Ecuador, ya amparan diversas modalidades de acoso laboral. Por lo tanto, no se necesitan nuevas reformas normativas.
Pico explicó que la definición de acoso laboral del proyecto de ley es contraria a la del Convenio 190 de la OIT. También mencionó que la Ley Reformatoria para Prevenir el Acoso Laboral, expedida en 2024, ya contempla una definición vigente. En cuanto a la rectoría, indicó que el Comité Interinstitucional ya maneja temas de violencia, por lo que podrían asignársele atribuciones específicas.
La visión de los asambleístas
El asambleísta Roberto Cuero consideró oportuno el debate sobre esta normativa, especialmente después del Decreto Ejecutivo 57. Este decreto motivó la salida de 5.000 empleados. Por esta razón, el asambleísta alertó sobre la necesidad de auditar dichos procedimientos.
Por su parte, el asambleísta Ecknner Recalde, presidente de la comisión, agradeció los aportes del Ministerio y solicitó que se envíen por escrito. Adelantó que en una próxima sesión se recibirán los argumentos de la proponente del proyecto de ley. Los aportes del ministerio servirán de sustento para la elaboración del informe de la comisión.
Marco normativo vigente
David Padilla recalcó que la Ley Orgánica Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y el Acoso en todas las modalidades de trabajo rige actualmente en la materia. Dicha norma recoge principios más alineados con las disposiciones de la OIT.
También informó sobre el Acuerdo Ministerial 2020-2024, que establece el protocolo para hacer efectivos los derechos de dicha ley. Este protocolo será reformado próximamente para incorporar los avances solicitados por las instituciones pertinentes.
El Ministerio de Trabajo insiste en que las leyes existentes, como la reforma al Código de Trabajo y el Acuerdo Ministerial 2020-2024, ya establecen un marco legal suficiente. La definición de acoso laboral ya está contemplada y alineada con la OIT.
Los funcionarios subrayaron la importancia de cumplir las exigencias internacionales sin necesidad de una nueva ley. El debate sobre el Proyecto de Ley Orgánica para la Prevención y Erradicación del Acoso Laboral continúa en la Asamblea.