Este domingo 16 de noviembre del 2025, más de 13 millones de ecuatorianos están convocados a votar en el referéndum y consulta popular 2025 en Ecuador y en el exterior.
El sufragio es obligatorio para los ciudadanos entre 18 y 64 años, sin embargo, el Código de la Democracia señala seis causales que eximen a ciudadanos a asistir a las urnas y evitar multas.
Estas son las justificaciones legales y personales para no votar
| Causa justificable | Descripción | ¿Cómo justificar? |
|---|---|---|
| Mandato legal | Orden judicial o legal que impide votar durante la jornada electoral. | Presentar disposición judicial o legal. |
| Motivos de salud o impedimento físico | Incapacidad temporal o permanente que impide acudir a las urnas. | Certificado médico emitido y validado por el Sistema Nacional de Salud (público o privado). |
| Calamidad doméstica grave | Fallecimiento u otra calamidad familiar grave ocurrida hasta ocho días antes o el mismo día de las elecciones. | Documentación que compruebe la calamidad. |
| Estar fuera del país | Ciudadanos que se encuentren en el extranjero o llegan el día de las elecciones. | Documentos oficiales que acrediten la salida o llegada, como pasaporte o boleto de viaje. |
| Actividades vinculadas al evento electoral | Personas que desempeñan funciones dentro del proceso electoral. | Acreditación que demuestre participación en el proceso electoral. |
| Voto facultativo | Militantes de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, jóvenes de 16 y 17 años y personas mayores de 65 años para quienes votar es voluntario. | No están obligados a votar, pero pueden justificar la inasistencia. |
El artículo 292 del Código de la Democracia establece que quienes presenten justificaciones al Consejo Nacional Electoral (CNE) no recibirán sanciones económicas. Las personas que no puedan acudir a votar deben entregar los documentos que justifiquen su ausencia en la oficina desconcentrada del Consejo Nacional Electoral (CNE) correspondiente a su circunscripción.
Sanciones económicas
Por otro lado, el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció que la multa por no votar en el referéndum y consulta popular 2025 equivale al 10% del salario básico unificado. Es decir, $47.
No conformar la junta receptora implica sanciones desde $70,50. Mientras, que abandonar sin justificación una junta puede implicar multas de hasta $4.700 y suspensión de derechos electorales hasta seis meses.
Preguntas oficiales del referéndum y consulta popular 2025
Referéndum
A. ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?
B. ¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?
C. ¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo con el último censo nacional?
Consulta popular
¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una asamblea constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?