El presidente Daniel Noboa envió, el 28 de enero de 2026, a la Asamblea Nacional, un proyecto urgente que propone que los gobiernos locales destinen 70 % de su presupuesto a infraestructura y servicios, para fortalecer la inversión pública.

Se busca priorizar inversión

El proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, con carácter urgente en materia económica, plantea cambios en la distribución y uso del presupuesto de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD). Además, la iniciativa busca priorizar inversión, mantenimiento y reposición de infraestructura vinculada a servicios públicos.

El documento ingresó a la secretaría de la Asamblea la mañana del miércoles 28 de enero de 2026. Lo entregó el secretario jurídico de la Presidencia, Enrique Herrería. Posteriormente, el texto pasará al Consejo de Administración Legislativa (CAL) para su calificación.

Según la propuesta, los GAD participarán del 21 % de los ingresos permanentes y del 10 % de los ingresos no permanentes del Presupuesto General del Estado. Sin embargo, esa asignación dependerá del cumplimiento de una nueva regla de uso mínimo del presupuesto.

Regla de asignación mínima para los GAD

El proyecto incorpora una regla que obliga a los GAD a destinar al menos 70 % del presupuesto institucional anual codificado de egresos no financieros a inversión, mantenimiento y reposición de infraestructura, bienes y activos públicos. Además, la norma precisa que esos recursos deberán sostener la prestación de servicios públicos.

El texto señala de forma expresa: "los Gobiernos autónomos descentralizados deberán destinar al menos el 70 % del presupuesto institucional anual codificado a gasto no permanente de inversión, mantenimiento y reposición de infraestructura". De esta forma, se refuerza lo ya establecido en el artículo 198 del Cootad.

Ese artículo permite que las transferencias del Gobierno central financien hasta 30 % de gastos permanentes, como sueldos, y un mínimo de 70 % de gastos no permanentes. Además, las transferencias del 10 % de ingresos no permanentes deberán financiar solo egresos no permanentes.

Régimen de transición y control

La propuesta no aplicará de forma inmediata. El proyecto establece un régimen gradual. En 2027, el porcentaje mínimo será 60 %; en 2028, 65 %; y desde 2029, 70 %. Además, contempla un tratamiento diferenciado para juntas parroquiales rurales pequeñas.

Por otro lado, los GAD deberán informar de manera trimestral sobre el cumplimiento de la regla. El Ministerio de Economía y Finanzas realizará el seguimiento técnico. Así, el Ejecutivo busca reforzar el control del uso del presupuesto local.

El Gobierno sustenta la iniciativa en datos oficiales. Según un documento explicativo, "la inversión pública promedio en infraestructura y servicios básicos ha mantenido una participación limitada". En 2021, fue 37,80 %; en 2022, 45,37 %; en 2023, 43,10 %; y en 2024, 39,24 %.

Trámite legislativo

Además, el Ejecutivo advierte un desplazamiento del gasto hacia rubros administrativos. El documento señala: "Se ha observado desplazamiento del gasto hacia rubros administrativos y discrecionales". Por ello, el proyecto apunta a reordenar prioridades presupuestarias.

Finalmente, la Asamblea Nacional tendrá 30 días para aprobar o negar el proyecto, una vez que el CAL lo califique. Mientras tanto, el debate se centrará en el impacto para municipios, prefecturas y juntas parroquiales.