La disputa legal por el control de las acciones de Granasa, editora de los diarios Expreso y Extra, tuvo un desenlace judicial este miércoles 21 de enero de 2026.
El juez Eduardo Camilo Santamaría Encalada, de la Unidad Judicial de Familia de Guayaquil, declaró improcedente la acción de protección.
Ingrid Martínez Leisker presentó este recurso constitucional contra la Superintendencia de Compañías días atrás. Ella intentaba frenar la decisión de la entidad de revertir la transferencia del 40 % de sus participaciones en la editora.
Dicha operación societaria se realizó años atrás desde la empresa Veranera a favor de Martínez. Actualmente, Veranera enfrenta un proceso de liquidación que complica la situación jurídica de las acciones de Granasa.
La audiencia se instaló pasadas las 15:00 con el único objetivo de anunciar la resolución oral. El magistrado Santamaría se pronunció sobre las supuestas vulneraciones a derechos fundamentales alegadas por la defensa de la empresaria.
Los abogados de Martínez denunciaron afectaciones al derecho a la defensa, al debido proceso y seguridad jurídica. Sin embargo, el juez desestimó estos argumentos al analizar el expediente sobre las acciones de Granasa.
Santamaría determinó que la Superintendencia notificó todos los actos del liquidador al correo de Martínez. La demandante recibió incluso el oficio del 29 de diciembre de 2025 y no emitió respuesta alguna en ese momento.
Fallo judicial sobre las acciones de Granasa
El juez concluyó que no existió vulneración al derecho a la defensa en este caso. La evidencia demuestra que la parte actora conoció oportunamente las gestiones administrativas relacionadas con las acciones de Granasa.
Sobre la seguridad jurídica, el magistrado sostuvo que el acto administrativo de la Superintendencia cumple la norma. El proceso de reversión se rige estrictamente por la Ley de Compañías y su reglamento vigente en el país.
Asimismo, la autoridad judicial descartó la supuesta falta de motivación en el oficio de reversión. El documento administrativo presenta claridad y congruencia, demostrando que la entidad actuó conforme a derecho en todo momento.
Santamaría recordó que la acción de protección resulta improcedente cuando existen otras vías de impugnación. Martínez Leisker no probó que la justicia ordinaria sea ineficaz para reclamar sobre las acciones de Granasa.
Ella tuvo tiempo suficiente para impugnar el oficio ante la propia Superintendencia y decidió no hacerlo. Por esta razón, el juez terminó por declarar la improcedencia del recurso constitucional planteado por la accionista.
Antecedentes y argumentos de la defensa
La defensa de Ingrid Martínez sostuvo previamente que se vulneró su derecho a la defensa. Argumentaron que la entidad no notificó los documentos emitidos tras el cambio de liquidador de la empresa Veranera.
Incluso señalaron que el ente de control dirigió el oficio de reversión al representante legal de Granasa. Según ellos, la comunicación debió llegar directamente a la accionista afectada por la medida sobre las acciones de Granasa.
También alegaron vulneración al debido proceso por una supuesta falta de competencia de la Superintendencia. La defensa enfatizó que la facultad de actualizar libros sociales no permite revertir una operación societaria ya perfeccionada.
Advirtieron además una afectación a la seguridad jurídica por la postura de la entidad de control. Rechazaron que se equipare a una persona natural con una jurídica que cuenta con un liquidador distinto.
Finalmente, afirmaron que la actuación administrativa genera un daño directo e inmediato a Martínez Leisker. La orden de registrar la reversión en los libros implicaría la pérdida definitiva de las acciones de Granasa. (07)