El Consejo Nacional Electoral (CNE) informó qué requisitos deben presentar los ciudadanos que no voten, quiénes pueden acceder a esta opción, cuándo deben realizar el trámite, dónde se gestiona y por qué es necesario justificar la ausencia para evitar la multa establecida para las elecciones de la consulta popular y referéndum del 16 de noviembre de 2025 .
Proceso para justificar la inasistencia
El CNE recordó que 13,9 millones de personas acudirán a las urnas para responder cuatro preguntas en una sola papeleta bicolor. La institución aplica una multa de 47 dólares , equivalente al 10% del SBU , a quienes no voten y no presenten una justificación válida.
La multa no caduca y se acumula, por lo que la entidad pidió realizar el trámite en tiempo oportuno. Para iniciar el proceso, el ciudadano debe acudir a la Delegación Provincial Electoral (DPE) con los documentos que respalden su caso.
En Secretaría General recibe el formulario de justificación. El usuario también puede descargarlo del portal del CNE. Al entregar los documentos en ventanilla, obtiene un número para dar seguimiento al expediente.
Causas para justificar la falta
La primera causa es el mandato legal , aplicable a quienes no puedan votar por una disposición judicial o legal. Este grupo debe presentar una boleta de libertad o un certificado del centro de rehabilitación.
La segunda causa es el motivo de salud o impedimento físico . En este caso, es obligatorio presentar un certificado emitido por un médico del Sistema Nacional de Salud. Si el documento proviene de un centro privado, debe validarse.
La tercera causa corresponde a calamidad doméstica grave , como el fallecimiento de un familiar u otra situación confirmada que ocurra el día de la votación o hasta ocho días antes.
Justificación para ciudadanos en el exterior
La normativa incluye la opción de justificar la ausencia por estar fuera del país . Para hacerlo, se deben presentar copias del pasaporte donde consten las páginas de entrada y salida que demuestren la ausencia el día de la elección.
Si la persona no tiene pasaporte o cruzó las fronteras con la cédula, debe solicitar el Certificado Migratorio . Este documento respalda el trámite ante el CNE y permite registrar la justificación sin sanciones.
También pueden justificar quienes cumplan funciones en el proceso electoral y quienes tienen voto facultativo : policías, militares, jóvenes de 16 y 17 años y adultos mayores de 65 años.