Este 8 de diciembre se cumplió un año desde que inició el "calvario" para tres familias guayaquileñas por la desaparición de menores en el sector de Las Malvinas. El caso, que estremeció a la nación, sigue generando gran conmoción y debate sobre la actuación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad ciudadana. En un espacio de entrevistas de Manavisión Plus, el abogado penalista Julio César Cuevaabordó el proceso judicial en curso.
Cueva analizó el riesgo de desviar el rol de los militares hacia funciones policiales sin la capacitación adecuada en derechos humanos. El jurista también explicó las fallas de protocolo iniciales, la gravedad de que el Estado intentara encubrir los hechos y la relevancia de la figura de la desaparición forzada. Además, detalló el peso probatorio de las recientes declaraciones de cooperación eficaz de los involucrados y la posible responsabilidad extra contractual que recaerá sobre el Estado ecuatoriano una vez que se dicte sentencia en este lamentable suceso.
-A un año prácticamente desde que conocimos de este caso de los menores de Las Malvinas, ¿cuál es su lectura en torno a todo este proceso de la desaparición de los menores?
El primer problema es que, esto no es un tema del actual gobierno, nos malacostumbramos a que cuando un problema no lo podía resolver la policía, enseguida gritábamos como sociedad que salgan los militares y así ha sucedido durante muchísimo tiempo. Últimamente, tal vez los últimos tres o años y medio, cuatro, hemos estado casi que de estado de excepción a estado de excepción. ¿Cuál es el problema? El problema es que los militares tienen otro tipo de entrenamiento y cuando tienen otro tipo de entrenamiento, no es lo mismo.
Entonces, cuando se encuentran en una situación, para ellos es casi que una situación de guerra y actúan de una manera distinta a lo que actúa la policía. Y nosotros lo vimos en este caso cuando lejos de aplicar un protocolo que era llamar a la policía de menores, porque estos chicos evidentemente eran menores, ni siquiera la forma de decir que parecían adultos. Más allá de que la ley dice que si no se está claro, se los debe tratar como menores. Aplican un protocolo casi que de guerra, ¿no? Se los llevan casi que como prisioneros cerca o a un cuartel militar cuando el procedimiento era llamar a la policía de menores, llevarlos a la fiscalía para ver si habían cometido una infracción entre un fiscal de menores infractores y cosas por el estilo
-¿Cree usted que los militares abusaron del uso de poder?
El nivel de agresividad de esta gente y la forma como acabaron con estos niños evidentemente es imperdonable, pero demuestra pues una situación que si usted me pregunta yo lo pasara todo por un psiquiatra porque creo que ahí hay algún tipo de conducta que más allá de que no tiene un entrenamiento en materia de derechos humanos. No saben cómo manejar esto, evidentemente no es normal, pero quiero ser claro con esto, no se hacen inimputables, son plenamente responsables y lo que puede pasar aquí en un momento es que una vez que ya los condenen. Alguien quiera demandar al Estado por esto, fíjense ustedes que inicialmente recibieron un habeas corpus, las familias, después eso se revocó de forma que por decirlo menos extraña y la corte constitucional está tratando ahora el tema.
Esta situación no es aislada, que no sea pública no significa que sea aislada, creo que situaciones tal vez no tan graves pero sí de serios abusos a los derechos humanos se han dado, hay casos reportados y registrados, sobre todo en una provincia con una situación tan grave de seguridad como es Los Ríos, por ejemplo, y hay que tener mucho cuidado porque no puede terminar pareciendo una política pública, no lo es, pero no puede parecer que esto es una cosa de todos los días, porque mañana nos puede pasar a cualquiera de nosotros.
-Estas declaraciones que se dan en el marco de una cooperación eficaz, ¿qué peso probatorio real pueden tener contra los militares implicados en esta desaparición?
La cooperación eficaz requiere de corroboración, es decir, la fiscalía primero tiene que verificar que aquello que el colaborador dice es algo que la fiscalía no puede probar de forma autónoma, es decir, lo que me da es algo que si él no me lo da, yo no tengo cómo obtenerlo, primero, y lo que lo hace valioso, por eso, y dependiendo de qué tan valioso sea, el porcentaje de pena que uno reduce.
Dos, necesita corroboración, porque, y eso está en la ley, la lógica dicta que quien se va a beneficiar hasta con un 90% en la reducción de pena, pero imagínense, al que le va a tocar 40 años se va a ir cuatro, está muy incentivado a mentir, por lo tanto requiere de corroboración periférica, esa corroboración periférica puede ser de cualquier naturaleza, documental, pericial, o testimonial, es decir, otros que digan, en efecto, es como él dice, documentos que de alguna forma. No sé si este es el caso, pero en general, de alguna forma acrediten y demuestren que en efecto es como esta persona dice, alguna pericia que diga así, la evidencia demuestra que esto ocurrió como la persona dice, para que la fiscalía pueda verificar que en efecto no les está mintiendo.
Porque, repito, quien está en condición de ahorrarse un 90% de la pena, mientras mayor sea el porcentaje, mayor será la posibilidad de que esté dispuesto a mentir, incluso de forma inverosímil, de tal manera que el valor probatorio se lo tendrá que dar realmente la corroboración periférica que tiene que hacerse, para poder ver qué tan valioso es y poder negociar con la fiscalía la reducción de la pena, que le van a sugerir al juez.
-Se habla de una posible desaparición forzada. En ese sentido, doctor, ¿qué implica la figura de desaparición forzada en el derecho internacional y cómo podría interpretársela ya apegado a nuestras leyes?
La desaparición forzada está regulada de forma universal. El Ecuador es parte de aquellos convenios que están vinculados a la desaparición forzada de personas, la lucha contra eso, ¿verdad? Por lo tanto, este caso de desaparición forzada no va a prescribir. Algo que también es importantísimo es que las penas evidentemente son altas, porque cuando hablamos de desaparición forzada, estamos hablando de alguien a quien lo han desaparecido contra su voluntad.
Ahora, les soy muy sincero, creo que no sé, no estoy seguro que la fiscalía esté procesando esto, porque la desaparición forzada implica que no encuentres a alguien, y a estos chicos entiendo que algo de ellos han encontrado, pero en todo caso, la pena que les van a dar es 40 años, porque con los agravantes y todo, es el máximo incluso que establece la ley, ¿verdad? Para unos considerarán probablemente insuficiente, pero es básicamente eso, pero la desaparición forzada es algo que es parte de nuestra legislación, porque está expresamente determinado en el COIP. Es más, es tan grave que las investigaciones no concluyen en los mismos plazos que las investigaciones normales. De hecho, la ley expresamente dice que termina cuando se encuentra a la persona, de ser ese el caso, y cuando se encuentra, se refiere no necesariamente a encontrar el cuerpo, sino a la evidencia de que la persona ya no está entre nosotros.
-Conociendo este caso de las Malvinas, ¿cree usted que puede cambiar la percepción ciudadana o en qué puede afectar la relación entre las fuerzas militares y la sociedad civil ecuatoriana?
No, no va a cambiar, porque honestamente pienso que la sociedad no es consciente de la gravedad de lo que ha pasado, y desgraciadamente el ecuatoriano no lo siente hasta que le pasa, ¿verdad? Y no pienso, la gente va a seguir pidiendo que los militares salgan a la calle, de hecho este no es el único caso que ocurrió, a lo largo de la historia han ocurrido otros casos de graves violaciones de los derechos humanos por parte de los militares, de tal manera que esto no va a cambiar. Aquí lo que hay que hacer en realidad es, a ver, no podemos tener los militares 24/7 en las calles, ellos tienen otro rol, y como nosotros los hemos desviado de ese rol, las cosas en materia de seguridad no han mejorado sustancialmente.
-¿Qué probabilidades hay de que se puedan sumar otros oficiales o miembros de las Fuerzas Armadas al caso, dado que se habla de que intentaron ocultar evidencias?
Procesalmente no hay cómo, porque ya el proceso está muy avanzado, pero si usted me habla de que ellos trataron de destruir huellas del delito, eso es otro delito, independiente y autónomo, eso se llama fraude procesal, por eso la Fiscalía pudiera estar los investigando ya, no sé si ese es el caso, porque son investigaciones reservadas, pero todos aquellos que luego de cometido el delito, intentaron de alguna forma ocultar las vestigios o las huellas de la infracción, pueden ser procesados de forma independiente y autónoma, por fraude procesal, ahora obviamente eso no tiene una pena tan alta, es susceptible incluso de suspensión condicional de la pena, creo que ahí amerita una reforma que para ciertos casos de la gravedad de este, la pena sea más alta, no es lo mismo que ustedes aparezcan los vestigios de una estafa, que de un crimen de esta naturaleza.
Y sobre todo pues con conocimiento de caos en términos de que usted conoce la zona, de que usted puede ocultarlo porque está en su propio cuartel, debería haber un incremento de pena cuando se trate de delitos que tengan que ver con o vinculados con la vida, pero actualmente no es el caso y por lo tanto la pena no es mayormente alta, es susceptible suspensión de pena y se puede investigar y sancionar de forma independiente, creería yo que es muy probable que así suceda, de hecho la corte si puede en estas instancias, si se da cuenta de que esto ha ocurrido por lo que se escucha, ordenarle a la fiscalía que abra una investigación contra las personas que se dice en el proceso y en la audiencia oral que han participado en esta conducta independiente.
-¿Cuál es el panorama que se da en contra del Estado por este caso después de este proceso contra los militares involucrados?
Puede haber una acción que es de naturaleza contencioso administrativa por lo que es la responsabilidad extra contractual del Estador. Creería yo que por ahí puede haber, tal vez en el habeas corpus la Corte Constitucional para no tener que ir a todo un proceso tan largo y prácticamente de cero, lo puede hacer también al momento de dictar la sentencia en el habeas corpus.
-Si no hay una sentencia hasta el 31 de diciembre de 2025, ¿los militares con prisión preventiva quedarían en libertad?
Si hasta el día que se cumpla un año de que les formularon cargos y les dictaron la prisión preventiva, no hay una sentencia del tribunal, tendrían que darle la libertad sin perjuicio de que no se las puede, primero no se las puede volver a dictar una vez que caduque. Dos, va a haber sanciones severas para los jueces. Tres, les pueden dictar otras medidas, no es que ya no quedan sus medidas, el juez le puede decir bueno, ya no me quedo de otra, entonces preséntese todos los días en el cuartel o en la fiscalía o en la corte, le pongo prohibición de salir del país, además le pongo un brazalete, o sea, les puede dar arresto domiciliario y dice que ustedes viven en un cuartel, y así se asegura que estén en cierta forma guardados.
Pero no necesariamente en una cárcel, o sea, hay otras medidas cautelares que les pueden dictar si llega a caducar la prisión preventiva, ahora yo pienso que eso no va a suceder, todavía faltan bastantes días, entiendo que la corte está trabajando intensamente en ello, de tal manera que yo creería que incluso por la notoriedad del caso y lo avanzado que se encuentra la audiencia, va a haber una sentencia antes del 31 de diciembre.
-Desde su criterio profesional, ¿cuál sería la pena que podría conocerse en los próximos días contra los militares involucrados en este caso?
Yo creo que le van a dar 40 años, porque son 30 por la muerte y 10 por los agravantes.
La entrevista completa puede visualizarse en las plataformas digitales deManavisión Plus.