La Asamblea Nacional tramitó en primer debate un proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que eleva a delito el uso delictivo de uniformes e insignias de la seguridad pública, así como la simulación de funciones operativas.
El proyecto, que consta de cuatro artículos, fue aprobado y avanza a segundo debate, donde se propone incrementar la pena por usurpación de uniformes e insignias de 30 a 90 días de prisión, en lugar de los actuales 15 a 30 días considerados como contravención.
Nueva figura penal contra simulaciones operativas
Se introduce el artículo 364-A en el COIP, bajo delitos contra la seguridad pública, denominado "Simulación de autoridad operativa". Esta norma sanciona actos como montar falsos retenes o patrullajes engañosos con penas de 1 a 3 años de prisión, independientemente de otros delitos cometidos.
Si el uso de uniformes deriva en privación de libertad, ingreso no autorizado a inmuebles o afectación patrimonial, la pena aumenta a 3 a 5 años. Cuando el engaño involucra específicamente a la Policía Nacional o Fuerzas Armadas, la sanción escala a 5 a 7 años de cárcel.
Se procede con el primer punto del orden del día.
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) January 20, 2026
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Contexto actual de accesibilidad a uniformes falsos
En la actualidad, el mal uso de uniformes de entidades como la Policía Nacional y Fuerzas Armadas se trata como una contravención menor o agravante en delitos mayores. Cualquier ciudadano puede adquirir chalecos antibalas con logotipos policiales o uniformes militares en tiendas físicas o en internet por precios alrededor de $55, incluyendo logotipos oficiales y personalizaciones sin controles de seguridad, informa diario El Universo.
Las reformas establecen que quien use públicamente uniformes, insignias o distintivos de instituciones estatales sin autorización, con el propósito de simular autoridad, inducir a error o beneficiarse, enfrentará 30 a 90 días de prisión.
Penas escaladas por impactos directos
Además, se penaliza con 1 a 3 años de prisión a quien, sin derecho, realice operativos falsos, controles simulados, retenciones ilegítimas, desalojos aparentes o movilizaciones fraudulentas que afecten la seguridad de personas, bienes o confianza institucional.
Si estas conductas resultan en privación efectiva de libertad, ingreso no autorizado a inmuebles, desplazamiento forzado o afectación patrimonial concreta, la pena será de 3 a 5 años, sin perjuicio de tipos penales más graves aplicables.