A Cristian Edmundo J., cirujano plástico, lo condenaron a seis años y ocho meses de prisión por abuso sexual contra una paciente de 19 años. Ocurrió el 14 de marzo de 2022 en un hospital de Cuenca, Ecuador. La sentencia, emitida el 22 de mayo de 2025 por la Sala de Garantías Penales de Azuay, revocó una absolución previa tras una apelación de la Fiscalía.
La Sala de Garantías Penales de Azuay marcó un precedente en la lucha contra la violencia de género al sentenciar a Cristian Edmundo J. Un cirujano plástico, a seis años y ocho meses de privación de libertad, la pena máxima contemplada para el delito de abuso sexual. El fallo, que revocó una sentencia absolutoria de primera instancia, se basó en pruebas presentadas por la Fiscalía. Estas demostraron que el médico agredió sexualmente a una joven de 19 años durante una consulta médica en marzo de 2022.
El caso se remonta al 21 de febrero de 2022, cuando la víctima, acompañada por su madre, acudió a una consulta inicial con el cirujano en un hospital privado de Cuenca. Durante esta primera cita, el médico realizó una evaluación física para programar dos cirugías estéticas. Con ello registró los datos en una ficha médica. La intervención estaba programada para el 10 de marzo, pero un robo sufrido por la madre de la víctima impidió cubrir los costos. Esto llevó a reprogramar la cita para el 14 de marzo.
La segunda consulta
En esta segunda consulta, la joven acudió sola. Según el testimonio anticipado de la víctima, el médico cirujano insistió en realizar un nuevo examen físico, a pesar de que ya existía un registro previo. Aunque la paciente expresó que no era necesario y se negó a quitarse la ropa interior, Cristian Edmundo J., le pidió que se recostara boca abajo en la camilla. Sin usar guantes, aplicó aceite en su cuerpo, realizó preguntas inapropiadas y procedió a tocar sus partes íntimas, consumando el abuso sexual.
Reacción Inmediata y Denuncia
La Fiscalía presentó un caso sólido basado en múltiples elementos probatorios: el testimonio anticipado de la víctima, los relatos de su madre, su amiga, un primo y una persona que la auxilió fuera del hospital. También informes periciales médico-legales, psicológicos y de entorno social. Además, se incluyeron un informe de reconocimiento del lugar y una experticia de audio y video que corroboraron los hechos.
Estos elementos fueron fundamentales para que la Sala de Garantías Penales revocara la absolución emitida por un Tribunal Penal en primera instancia, en contra del cirujano plástico.
El fiscal a cargo, de la unidad especializada en violencia de género, argumentó que los actos del médico cirujano constituyeron una clara violación de la confianza depositada en él como profesional de la salud. La sentencia, emitida el 22 de mayo de 2025, no solo impuso la pena máxima, sino que también ordenó medidas de reparación integral para la víctima. En esta se incluyó apoyo psicológico y compensación económica. (27)