La devolución del IVA aplica también para personas con discapacidad calificada en Ecuador, según las disposiciones actualizadas del Servicio de Rentas Internas (SRI).

Este beneficio tributario permite recuperar parte del impuesto pagado en compras de bienes y servicios. Sin embargo, no todas las personas con discapacidad califican de la misma forma. El porcentaje de devolución depende directamente del grado de discapacidad certificado por la autoridad sanitaria.

El Ministerio de Salud Pública es el organismo que certifica y califica oficialmente la discapacidad. Solo las personas con una discapacidad mayor o igual al 30% pueden acceder a este beneficio. Así, a mayor grado de discapacidad, mayor es el porcentaje de devolución que recibe el contribuyente. Este esquema escalonado busca priorizar a quienes enfrentan mayores necesidades económicas.

¿Qué porcentajes de devolución del IVA aplican según el grado de discapacidad?

El SRI establece una tabla progresiva para calcular el beneficio según el nivel de discapacidad reconocido. Los rangos y porcentajes son los siguientes:

  • Del 30% al 49% de discapacidad → reciben el 60% del beneficio
  • Del 50% al 74% de discapacidad → reciben el 70% del beneficio
  • Del 75% al 84% de discapacidad → reciben el 80% del beneficio
  • Del 85% al 100% de discapacidad → reciben el 100% del beneficio

Esta escala garantiza que las personas con discapacidades más severas reciban el mayor beneficio económico posible. Por ello, el registro correcto ante el SRI resulta indispensable para acceder al porcentaje que corresponde a cada caso.

Monto máximo de devolución del IVA para 2026

El monto tope de devolución mensual resulta de sumar dos salarios básicos unificados ($964 en total) y multiplicar ese valor por la tarifa del IVA del 15% vigente en 2026. El resultado es un máximo de $144,60 mensuales que el SRI puede devolver a personas con discapacidad. En consecuencia, cada persona recibe el porcentaje de ese monto que le corresponde según su certificación.

Además, las personas con discapacidad también pueden solicitar la devolución del IVA por bienes específicos establecidos en los numerales del 1 al 8 del artículo 74 de la Ley Orgánica de Discapacidades.

Entre esos bienes constan prótesis auditivas, visuales y físicas, ortesis, medicamentos y equipos de rehabilitación. También aplican útiles de trabajo adaptados, elementos de ayuda para movilidad, higiene y autonomía, así como equipos pedagógicos y tecnológicos de uso exclusivo para personas con discapacidad.

¿Cómo y cuándo acceder al beneficio tributario?

Las personas con derecho a esta devolución pueden aplicar al beneficio tributario una vez que completen su registro y habilitación en las oficinas del SRI. Adicionalmente, deben realizar sus compras en locales comerciales autorizados que emitan comprobantes electrónicos. Sin ese requisito, las transacciones no generan devolución válida para el sistema.

Vale recordar que este beneficio no es exclusivo de adultos mayores. El SRI habilita también a personas con discapacidad para solicitar la devolución del IVA, siempre que cumplan con los requisitos de calificación y registro. Por ello, cualquier persona que tenga la certificación del Ministerio de Salud Pública debe acercarse a las oficinas del SRI para activar este ingreso mensual adicional.