El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) informó que solo los pasajeros o tripulantes que transporten bienes sujetos a declaración deberán llenar el Formulario de Registro Aduanero (FRA), descartando así que esta obligación aplique a todos los viajeros. La medida entra en vigor el 29 de julio.
Para ellos es la medida de Aduanas en Ecuador
El Senae indicó que la disposición se ajusta al artículo 84 de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Lavado de Activos, tras realizar un análisis jurídico. Con ello, se responde a los reclamos de usuarios que alertaron sobre la intención inicial de exigir el formulario a todos los pasajeros, incluso sin llevar valores declarables.
Los bienes sujetos a declaración incluyen dinero en efectivo, metales preciosos, piedras preciosas, joyas y documentos de valor, cuyo monto sea igual o superior a 10.000 dólares o su equivalente en otras monedas.
Quienes no transporten bienes por ese monto, no deberán llenar el FRA, enfatizó la autoridad aduanera.
Desde el 29 de julio se implementa el nuevo sistema
La declaración deberá realizarse en línea desde el próximo 29 de julio, a través del portal oficial del Senae. Solo en casos excepcionales, como problemas tecnológicos o de conectividad, se aceptará el formulario en formato físico.
La norma rige para ciudadanos ecuatorianos y extranjeros, sin distinción de nacionalidad, siempre que porten los bienes detallados al ingresar o salir del país.
En un inicio, la interpretación difundida por Senae generó rechazo en redes sociales y entre expertos en temas legales y de viajes, quienes señalaron que la obligación de llenar el FRA a todos los pasajeros no constaba en la ley vigente.
Reacciones ciudadanas tras el cambio de Aduanas
Entre las voces que celebraron la rectificación está la de Nicolás Larenas, experto en temas aeronáuticos: “Señores, lo logramos. SENAE desiste de la obligación de que todos los viajeros y tripulación de vuelo llenen el FRA y siguen lo que dice la ley: solo quienes lleven $10 mil o más en efectivo deberán hacerlo, como ya era y siempre ha sido”, expresó.
Otro en pronunciarse fue Alfonso Harb, exasambleísta y crítico del intento anterior de aplicar el formulario a todos. “Qué bueno que SENAE haya revisado y corregido”, expresó. Él había cuestionado públicamente que Aduanas “no tenía la capacidad de interpretar lo que dice la ley”, al extender un trámite a quienes no estaban obligados legalmente.
Contexto legal y operativo de la medida
La aplicación del FRA responde a políticas internacionales y a compromisos asumidos en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento de delitos. La regulación ecuatoriana establece límites claros y no permite interpretaciones amplias por parte de organismos públicos.
La implementación digital apunta a modernizar los controles y facilitar los procesos para quienes sí deben declarar bienes. Esto mientras se reduce la carga operativa para viajeros comunes y las autoridades aeroportuarias.
El sector turístico cree que hay que controlar el lavado de activos y cobrar impuestos, pero no llenar de trámites innecesarios a los viajeros. Según el sector eso perjudica la experiencia del visitante.