El Gobierno de Daniel Noboa analiza las opciones posibles para no delegar la Presidencia de la República a Verónica Abad Rojas.
Noboa buscará la reelección en las elecciones 2025 y deberá delegar el cargo al vicepresidente, en este caso Verónica Abad.
No se puede ser un funcionario público-candidato. Por lo tanto, tiene dos opciones: pedir licencia sin sueldo o renunciar.
Los servidores públicos de libre nombramiento y remoción, y los de periodo fijo, deberán renunciar antes de la fecha de la inscripción de su candidatura.
Esto aplica incluso para las autoridades de elección popular que optan por un cargo distinto al que ocupan (como asambleístas que se lanzan para alcaldes).
Los demás servidores públicos podrán candidatizarse y gozarán de licencia sin sueldo desde la fecha de inscripción de sus candidaturas hasta el día siguiente de las elecciones.
En esta misma línea, el Código de la Democracia determina que los dignatarios que opten por la reelección inmediata al mismo cargo deberán hacer uso de licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña electoral.
Gobierno de Daniel Noboa busca las alternativas
Para ello, Mishell Mancheno, secretaria jurídica del Palacio de Gobierno, informó que el Presidente Nobos baraja varias opciones para no delegar la Presidencia de la República a Verónica Abad.
Mancheno detalló que se solicitó un criterio de la Procuraduría General del Estado para conocer las opciones que se tiene.
La idea es saber si el jefe de Estado está obligado a pedir licencia para participar en los comicios por su reelección.
“Estamos en análisis de ese tema. El presidente llegó a cubrir un período faltante del exmandatario (Guillermo Lasso ), por lo cual vamos a esperar un pronunciamiento del procurador”.
Ese es el principal argumento con el que se elevó la consulta a la Procuraduría.
Es decir, Noboa solo está completando un periodo. “Fue un tiempo faltante que se dio por el tema de la muerte cruzada”.
Están a la espera de un pronunciamiento de la Procuraduría que es la entidad competente para analizar el caso.
Mancheno dijo que el jefe de Estado ha respetado las normas y una cosa es hacer campaña y otra manejar la política pública.
Desconoce los tiempos que manejará para analizar la consulta de Noboa. “Se lo hizo con esta entidad por razón de la materia”.
En el artículo 936 del Código de la Democracia se establecen las razones por las que una persona no podrá candidatizarse.
Es decir, si Noboa no pide licencia ni renuncia, podría caer en una causal de descalificación de su candidatura.