El presidente Daniel Noboa ejerció su derecho de veto total sobre el proyecto de Ley de Servicio Cívico Militar Voluntario, Reservas e Identificación Militar. Esta decisión, notificada a Viviana Veloz, presidenta de la Asamblea Nacional, marca un punto de inflexión en la discusión sobre el servicio militar y su regulación. El documento enviado por el ejecutivo, detalla las razones que motivaron esta acción, enfocándose en la ambigüedad y las potenciales vulneraciones a la seguridad jurídica.
En primer lugar, el veto presidencial señala que la ley, tal como fue aprobada por la Asamblea el 18 de marzo del 2024, afectaría el régimen de Administración de Personal de las Fuerzas Armadas (FF.AA.). La creación de un «subsistema ambiguo de gestión» para el personal en servicio cívico militar voluntario y de reserva, según el documento, generaría incertidumbre y posibles conflictos. Además, el oficio presidencial indica que la implementación de leyes imprecisas y ambiguas puede dar lugar a la vulneración de derechos fundamentales y principios constitucionales.
Fundamentos del veto de Daniel Noboa
Uno de los puntos centrales del veto radica en las infracciones y el proceso sancionatorio dentro del servicio cívico militar voluntario. El proyecto no define con claridad los deberes, responsabilidades, derechos, obligaciones y prohibiciones de quienes integran el servicio cívico militar voluntario y las reservas. Por lo tanto, ante el incumplimiento de disposiciones legales, la adjudicación de responsabilidad administrativa carece de reglas claras. Esto, a juicio del Ejecutivo, abre la puerta a interpretaciones arbitrarias y posibles abusos.
Asimismo, la situación jurídica de las personas que conforman la reserva militar es otro aspecto problemático. El proyecto no desarrolla las atribuciones, deberes, organización, misión, régimen disciplinario ni otros aspectos relevantes para el ejercicio de sus funciones. La falta de especificación en estos puntos podría generar confusiones y dificultades en la operatividad de las reservas. Igualmente, el presupuesto general del Estado relacionado con el servicio cívico militar voluntario y el personal de reserva militar no establece un mecanismo de financiamiento.
Finalmente, el veto también se fundamenta en errores de redacción. Existen fallas en la redacción y uso de signos de puntuación que deben corregirse, ya que pueden generar confusión en la aplicación de la ley. La claridad y precisión son esenciales en cualquier normativa, especialmente en aquellas que involucran a las Fuerzas Armadas. La ley tenía como objetivo regular el servicio cívico militar voluntario y las reservas, conforme a las necesidades de las FF.AA., para el cumplimiento de los objetivos del Estado, y normar el otorgamiento de la identificación militar.
Detalles de la ley vetada: puntos clave y controversias
La norma, presentada por el asambleísta Pedro Velasco, de Avanza, y tramitada en la Comisión de Soberanía, Integración y Seguridad Integral del Legislativo, contenía 53 artículos, 5 disposiciones generales, 3 reformatorias, 1 derogatoria y 2 disposiciones finales. Entre los principales puntos de esta normativa se incluía el licenciamiento anticipado para las conscriptas en estado de gestación; la disposición para que medios de comunicación públicos y privados difundan información sobre el llamado a reservas, con el fin de ampliar el alcance de la convocatoria y fomentar el alistamiento de jóvenes; y, en cuanto a la identificación, se establecía que todos los miembros de las FF.AA. y reservistas cuenten con la documentación que acredite su estatus.
La decisión de Daniel Noboa pone en pausa la implementación de esta ley, y abre un debate sobre la necesidad de una regulación más clara y precisa para el servicio cívico militar voluntario y las reservas. El futuro de esta normativa dependerá de las acciones que tome la Asamblea Nacional ante el veto presidencial.