Diego Delgado J.
Diego Delgado Jara
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¿Remedio peor que la enfermedad?

El presidente envía en forma directa al Consejo Nacional Electoral (CNE) una convocatoria a Asamblea Nacional Constituyente, y lo hace violando la Constitución.

El capítulo referente a la reforma constitucional comprende los artículos 441 al 444 de la Constitución. Se salta en forma deliberada el artículo 443, que dice: La Corte Constitucional calificará cuál de los procedimientos previstos en este capítulo corresponde en cada caso. Al ser el artículo 444 parte de este capítulo, también está sujeto a la Corte Constitucional.

La propuesta del Ejecutivo para la conformación de la Asamblea Constituyente determina que las votaciones serán en plancha, lo que implica que las candidaturas serán solo de los partidos reconocidos. Este proceder consagra la exclusión deliberada del 99 % de los habitantes que no forman parte ni militan en ninguna organización reconocida y realmente existente.

¿Quiénes manejarán el proceso y proclamarán los resultados? Un CNE inconstitucional desde su conformación. El artículo 210, inciso tercero, de la Constitución impide que un vocal del CNE pueda ser reelegido; ni siquiera puede presentarse al concurso previo. No obstante, los vocales Diana Atamaint y José Cabrera Zurita fueron parte del CNE anterior, que presidía Gustavo Vega. Fueron elegidos el 16 de noviembre de 2018 por el CPCCS-T, y ya concluyó el año pasado el tiempo máximo de funciones de todo el CNE.

Este CNE, excedido en funciones, acabó proclamando presidente de la República, luego de una llamada desde Bélgica, a Guillermo Lasso, quien en la primera vuelta del 7 de febrero de 2021 perdió en 22 de las 24 provincias del país. Este CNE fue el que dejó fuera de la final a Yaku Pérez, quien ganó en 14 de las 24 provincias. Este mismo CNE fue el que designó finalista a Noboa, quien no llegaba al 1 % en intención de voto. Fue el que impidió que en el debate presidencial de agosto de 2023 asistiera Cristian Zurita o Andrea González como candidatos en vez de Fernando Villavicencio, días antes asesinado.

Ecuador es el único país del mundo donde jamás se permiten abrir las urnas para constatar la autenticidad de la votación popular. Aquí no se publican nunca los padrones, que por lo general están inflados en más de 1’500.000 votantes fantasmas en comparación con los datos de los mayores de 16 años que posee el Instituto Nacional de Estadística y Censos. En Ecuador jamás se permite verificar la idoneidad del sistema electrónico, que es sinónimo de fraude en más de 50 países.

Es indispensable que se convoque un proceso electoral limpio y transparente, como lo hemos sostenido desde 2017, con un gobierno previo y honesto de Salvación y Unidad Nacional. Lo que el Gobierno pretende ahora es tener todos los poderes, garantizar su impunidad y legitimar su dictadura.

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