El miércoles pasado se convocó a una reunión informativa a los medios de prensa y columnistas con asiento en Guayaquil.
La finalidad era explicar con todo detalle el rol que han tenido a lo largo de su existencia, inclusive antes de la promulgación de la actual Ley de Puertos que se busca declarar inconstitucional en el artículo 4 y sus reglamentos, precisamente el que garantiza la existencia de los referidos enclaves privados, construidos exclusivamente con capitales de inversionistas no públicos, que de llegar a concretarse tremenda iniciativa, sería negativa al comercio, especialmente a las exportaciones de bienes agrícolas como banano, plátano, pitahaya y otros que, en contenedores refrigerados, salen por esa ciudad.
Nuestra invariable posición ha sido defender la existencia de las llamadas cadenas productivas y de valor de los frutos que nuestra feraz tierra nos brinda con destino a buena parte de la población mundial, de tal suerte que si llegase a aplicarse una cortapisa más a la normal operación portuaria privada, se estaría atentando a la vida de millones de ecuatorianos que trabajan en las varias cadenas agroproductivas y en las mismas instalaciones o terminales de importación y exportación de la metrópoli huancavilca.
Se dieron datos interesantes y quizás desconocidos, como que el 50% de los contenedores refrigerados que transportan banano y plátano al resto del mundo se movilizan por dichas infraestructuras que se pretenden en la práctica eliminar para dar paso a las pretensiones de la empresa Contecon, entregada bajo arriendo con todas las inversiones estatales preexistentes, a la operación del beneficiario privado, por lo que paga, como debe ser, un canon de arrendamiento, contrario a los particulares que compensan su actividad al Estado a través de tributos, determinados en la ley.
Lo extraño de la figura constitucional esgrimida, es que tanto en la Ley como en el contrato del demandante Contecon se deja constancia con toda claridad que deberá respetar y garantizar la vigencia de los puertos privados en el afán, además, de mantener un sano equilibrio de competencia que termina beneficiando a los usuarios y al país, lo contrario sería propiciar una figura oligopólica y hasta monopólica, con la ventaja que se daría a un soló terminal concesionado.
La Corte Constitucional debe llenarse de justicia y juridicidad y definir por siempre el pretendido reclamo que, de pasar, podría acarrear tremendo daño a la actividad agroexportadora, fuente de riqueza, bienestar y tranquilidad social.