Volver a Ecuador con lo que se construyó lejos de casa no tiene por qué ser complicado. Quienes regresan del exterior pueden importar hasta 200 kilos de menaje del hogar sin pagar impuestos, siempre que cumplan con ciertos requisitos. Esta exoneración aplica especialmente para migrantes ecuatorianos que retornan desde Estados Unidos y otros países bajo condiciones reglamentadas.
Según el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), esta medida busca facilitar la reintegración de los ecuatorianos que han vivido fuera del país por más de dos años. “Es un incentivo que busca reconocer el aporte de los migrantes y evitar cargas económicas innecesarias en su retorno”, se indica desde el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
¿Qué se puede importar sin impuestos y quién califica?
El beneficio abarca bienes usados o nuevos de uso doméstico, como electrodomésticos, ropa, muebles, libros y más. También, en ciertos casos, un vehículo o motocicleta.
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En estos casos hay exoneración total de:
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Arancel aduanero
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Impuesto al Valor Agregado (IVA)
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Impuesto a los Consumos Especiales (ICE)
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FODINFA (0.5%)
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No incluye: tarifas de inspección, almacenaje o transporte.
Los beneficiarios deben:
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Ser ecuatorianos que residieron más de 2 años en el exterior y no estuvieron más de 180 días en Ecuador en ese lapso.
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Obtener el Certificado de Migrante Retornado.
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Extranjeros con visa de residencia (sin opción de importar vehículo).
Importación permitida: hasta 200 kg en ropa y calzado
Dentro del menaje, cada miembro del núcleo familiar puede importar hasta 200 kg en prendas de vestir, zapatos y accesorios. Otros objetos, como muebles o electrodomésticos, no tienen límite de peso, pero deben ser razonables y para uso personal, según la Resolución SENAE-SENAE-2024-0083-RE.
Requisitos imprescindibles para obtener el beneficio:
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Certificado de Migrante Retornado (en consulados o en Ecuador).
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Declaración juramentada, legalizada.
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Detalle de los bienes importados.
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Conocimiento de Embarque emitido por empresa de transporte.
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Cumplir plazos: solicitar la exoneración dentro de los 36 meses posteriores al retorno.
Además, es obligatoria la inspección física del menaje, bajo supervisión del SENAE.
Lo que sí y no puedes traer como migrante retornado
Admisibles:
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Muebles, electrodomésticos, libros, computadoras
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Vehículos (máximo 5 años de antigüedad y valor límite de $28.200)
No admisibles:
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Insumos industriales o materias primas
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Armas, fuegos artificiales
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Maquinaria pesada
En caso de irregularidades, se imponen sanciones como multas superiores a los $ 200 o la pérdida de la exoneración.
Paso a paso: cómo traer tu menaje sin errores
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Solicita tu certificado de migrante retornado.
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Elabora y legaliza tu inventario y declaración juramentada.
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Contrata una empresa de transporte confiable.
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Solicita la exoneración ante la Aduana.
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Asiste a la inspección aduanera.
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Retira tus bienes una vez aprobado el trámite.
Este procedimiento puede realizarse por vía aérea, marítima o terrestre, y se recomienda iniciarlo con al menos tres meses de anticipación.
Evita problemas y planifica con anticipación
Expertos recomiendan evitar agencias informales y revisar cada detalle de los bienes a declarar. “El error más común es incluir objetos nuevos o cantidades que parecen comerciales”, señala Cristina Vera, experta en comercio exterior.