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Es correcto que en los espacios privados se tomen medidas de protección y se exija la presentación del carné de vacunación para ingresar a ellos, una vez que el Gobierno declaró la obligatoriedad de inmunizarse frente al coronavirus; pero las instituciones públicas deben tener una forma alternativa para atender, a fin de no negar los servicios a quienes no se vacunan por razones médicas, religiosas o de creencias personales que deben respetarse.

Un centro comercial, un restaurante o un supermercado son lugares privados y sus administradores pueden poner las reglas de admisión; pero en lo público hay servicios que no pueden negarse por no haberse aplicado la vacuna o por falta de un documento que avale tal hecho, pues se trata de competencias exclusivas del Estado.

“No se puede menoscabar el derecho de los no vacunados de recibir atención en los entes públicos”.

Así, una persona que deba acudir al Registro Civil para obtener un documento o que necesite ubicar una denuncia en la Policía, no puede dejar de recibir atención porque no presente el carné o el certificado de vacunación, pues sería una vulneración de los derechos de ese individuo.

Está en manos del Gobierno la reglamentación para garantizar el acceso de las personas a todos los servicios públicos, sin menoscabar el derecho de los no vacunados.

Editorial de El Diario publicado este lunes 27 de diciembre del 2021 en nuestra edición impresa.