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El cobro de tasas por emisión de planillas de un servicio, público o privado, debería ser motivo de revisión por parte de la Defensoría del Pueblo.

Se debe revisar para dilucidar si es correcto que exista un cargo extra emisión de planillas.

La facturación, en Ecuador, es un proceso obligatorio, inherente a todo negocio, de la naturaleza que sea.

Las leyes prevén severas sanciones para quienes no emitan los comprobantes, sea en formato físico o electrónico.

Todo eso de acuerdo con la naturaleza del negocio y las regulaciones existentes.

Desde este punto de vista, cobrar una tarifa exclusivamente por el registro del consumo (que incluye la obligatoria medición, cuando aplica) y la emisión de la factura o planilla entraña un costo adicional para el usuario.

“Con cargos por actividades inherentes a la prestación de servicios”.

Es que, frente a acciones que, por ser parte del proceso, no deben omitirse en la prestación del servicio, el ciudadano no tiene opciones y se le obliga a pagar por emisión de planillas.

Lo mismo debe hacerse con algunos otros rubros que suelen cargarse por el acceso a servicios públicos.

Por ejemplo, en algunos municipios se cobra en el impuesto predial una tasa por la información del monto a pagar.

Además una tasa por la atención que da un funcionario en ventanilla.

Los cargos por actividades inherentes a la prestación de servicios tienen que revisarse para que no se perjudique a los usuarios.

Es de esperar el pronunciamiento de los organismos de control por cobros por emisión de planillas.

Editorial de El DiarioPublicado el lunes 26 de agosto del 2024 en nuestra edición impresa.