Actualizado hace: 936 días 18 horas 21 minutos
EDITORIAL
La revisión de los contratos colectivos

El gobierno nacional, a través de la Comisión de Revisión de Contratos Colectivos del Ministerio de Trabajo, ha determinado excesos en algunas cláusulas constantes en los documentos oficiales firmados por organismos sindicales de instituciones públicas con sus partes patronales.

Viernes 14 Noviembre 2008 | 21:25

La supervisión de estos instrumentos jurídicos se da en el marco del Mandato Ocho emitido por la Asamblea Nacional Constituyente de Montecristi, supuesto a lograr que en el tiempo de un año pueda conocerse cuánto ahorrará el Estado con la supresión de lo que se considera como pagos “innecesarios” a los trabajadores. La labor es encomiable, pero deberá ser muy cuidadosa en procura de no lesionar las reales necesidades y derechos laborales. Sin embargo, aunque las conquistas son necesarias para un mejor desempeño en el trabajo, se impone esta revisión en razón a que existen pagos innecesarios que resaltan como privilegios y de beneficio exclusivo de quienes laboran en ciertas empresas públicas. El gobierno ha considerado que hay contratos colectivos desmedidos que van contra los intereses del Estado y de la misma colectividad nacional, al contemplar liquidaciones exageradas por vacaciones anuales, gratificaciones adicionales por aniversarios, exoneración de pagos por consumo del servicio que brinda la empresa haciéndose abuso de ello, entrega de anillos de oro por tiempo de servicio, entre otros. Consideramos que es correcto que las organizaciones laborales tengan sus expectativas de crecimiento y de mejoras a medida que transcurren los años, pero también es cierto que algunas de las llamadas “conquistas laborales” entran en el terreno de un abusivo privilegio, como es la exigida sucesión familiar en el puesto de trabajo. Esperamos que el Ejecutivo continúe con su labor y ejerza su autoridad en esta labor que regularizará, en derecho y justicia, las contrataciones colectivas.
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