Actualizado hace: 794 días 17 horas 43 minutos
Se suspende el Congreso Extraordinario de la FEF tras orden de juez

Viernes 01 Mayo 2020 | 15:18

El Congreso Extraordinario de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) previsto para esta tarde, a través de videoconferencia, fue suspendido. 

Esto tras la disposición de un juez, quien concedió parcialmente una medida cautelar a favor de Francisco Egas, presidente depuesto de la FEF. La resolución del proceso 17233-2020-01457 se recalca lo siguiente:

RESUELVO, conceder parcialmente la petición de medidas cautelares solicitadas por el accionante ING. FRANCISCO JAVIER EGAS LARREATEGUI, en tal virtud dispongo:

1) La suspensión inmediata y provisional de los efectos que produjera la ejecución de la Resolución adoptada por los accionados el 24 de abril de 2020, mediante la cual se remueve del cargo de Presidente de la FEF al accionante ING. FRANCISCO JAVIER EGAS LARREATEGUI hasta que se resuelva la presente Acción de Protección, para lo cual el Directorio de la Federación Ecuatoriana de Futbol oficie a través de quien corresponda a los afiliados a la FEF y a los órganos nacionales e internacionales competentes, con el fin de hacer saber el contenido de la presente resolución.
2) La suspensión inmediata y provisional de la convocatoria e instalación al Congreso Nacional Extraordinario de Futbol, previsto para el día viernes 1 de mayo de 2020, hasta que se resuelva la presente Acción de Protección, para lo cual quien ha realizado dicha convocatoria deberá comunicar a todos los afiliados del contenido de esta resolución.
3) En cuanto a la solicitud de Medida Cautelar contenida en el numeral 3 de la petición que se atiende en el que se señala “Que, mientras se encuentre suspendidos los efectos de la Resolución adoptada por el Directorio el 24 de abril de 2020, se cuente como Presidente de la FEF al Ing. Francisco Javier Egas Larreategui, para todos los efectos y el ejercicio de todos los derechos y atribuciones contemplados en el Estatuto de la FEF”, se NIEGA lo solicitado toda vez que no responde a la naturaleza propia de concesión de Medidas Cautelares.
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