Mediante acuerdo 0152020, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) autorizó la prestación del servicio de mantenimiento y reparación de vehículos y sus partes, para conservar el buen estado de los automotores de carga que abastecen de productos de primera necesidad.
El traslado y comercialización de repuestos y demás autopartes y productos necesarios para el mantenimiento de los vehículos están permitidos sin restricción de placa y horario.
Podrán circular, sin restricción, los vehículos en los que se movilicen los trabajadores de mecánicas, vulcanizadoras, lubricadoras y demás talleres que presten servicio de mantenimiento y reparación a los transportes habilitados para circular.
En cambio, los carros particulares podrán movilizarse a los diversos talleres de acuerdo a las restricciones de placa y toque de queda. La disposición no aplica para vehículos de carga liviana, mixta y pesada, taxis, institucionales y demás habilitados para circular en estado de excepción, que requieran reparación.