En un plazo de 15 días, la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos (Dinardp) deberá habilitar el acceso a las bases de datos del Registro Civil y del Consejo Nacional Electoral (CNE), para que las instituciones puedan acceder a la información de los ciudadanos y evitar requisitos innecesarios.
Así lo anuncio Eduardo Jurado, secretario General de la Presidencia de la República, en una entrevista para medios públicos.
Disposición. La Disposición General Única del Decreto 372 impide a todas las entidades que dependan de la Función Ejecutiva “exigir documentos o certificados que sean producidos o se encuentren a cargo de las entidades comprendidas dentro de este ámbito para la realización de trámites o gestiones administrativas”.
En el mismo decreto, emitido el 19 de abril de este año, se estableció la creación del Comité Interinstitucional de Política Regulatoria y Simplificación de Trámites, ente presidido por la Secretaría General de la Presidencia.
Este Comité deberá emitir las normas técnicas para lograr la simplificación de documentos en los trámites de las instituciones públicas.
En el caso de la información de las cédulas de identidad y de la papeleta de votación, se recurrirá a los portales institucionales y de interconexión del registro de datos públicos.