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Clubes han sido utilizados para vender futbolistas sin haber jugado en su equipo

Diferentes clubes deportivos han realizado 'Traspasos puente', el mismo que es denominado por la FIFA como la utilización de clubes deportivos para vender futbolistas sin haber jugado en su equipo.

Jueves 02 Agosto 2018 | 09:18

Las primeras sanciones que la Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA) impuso por este tema se dieron en marzo del 2014. 

Los clubes involucrados fueron el Central Córdoba, Independiente, Racing y Rosario Central de Argentina, y el Atlética Sud América de Uruguay.
La investigación de la FIFA reveló que los clubes utilizaron el mercado de fichajes con fines ajenos al deporte, pues se buscó abaratar o eludir el pago de impuestos.
Según la FIFA, el club uruguayo fichó a seis jugadores por periodos cortos y éstos no saltaron a la cancha con las camisetas de la institución antes de ser traspasados a los clubes argentinos.
“Por lo general, un ‘traspaso puente’ consiste en una colaboración de varios clubes para traspasar a un jugador a un club de destino a través de un ‘puente’, en cuya alineación éste nunca llega a figurar”, señala una publicación de la FIFA.
Por los ‘traspasos puente’, el Sud América, que en ese año jugó en la segunda división del torneo de Uruguay, fue sancionado con prohibición de fichar y vender jugadores durante dos temporadas consecutivas a nivel nacional e internacional, más una multa de 40.000 CHF (francos suizos), unos 45.500 dólares al cambio de ese año.
Los clubes argentinos a los que los jugadores fueron destinados recibieron una advertencia y multas  de entre 15.000 CHF y 50.000 CHF (de $ 17.000 a 56.800 dólares), detalla la FIFA.
Casos. Se conoció que en Ecuador no ha existido sanciones por este tema.
El Deportivo del Valle ha registrado traspasos de jugadores como Giovanny “La Sombra” Espinoza y Ayrton Preciado, que pertenecieron a este club solo por un día, según consta en las fichas de los jugadores publicadas en la página web de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF).
Mediante correo electrónico, El Diario solicitó información a la FEF para conocer si está permitido este tipo de traspasos, pero  hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta.
El club portovejense que juega el campeonato de ascenso ha declarado en cero el impuesto a la renta  desde el 2007 hasta el 2017, según los registros del Servicio de Rentas Internas.
La Fiscalía provincial de Manabí informó que el no pago de impuestos “podría adecuarse a un presunto delito de defraudación tributaria tipificado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP)”. 
El artículo 298 del COIP establece sanción para “la persona que simule, oculte, omita, falsee o engañe en la determinación de la obligación tributaria, para dejar de pagar en todo o en parte los tributos realmente debidos, en provecho propio o de un tercero”.
De acuerdo al tipo de delitos, el COIP sanciona con pena privativa de la libertad de uno hasta siete años.
“Cada caso será investigado, juzgado y sancionado sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones tributarias, así como del pago de los impuestos debidos”, detalla el COIP.
Ante la pregunta de si la Fiscalía podría investigar estos casos sin una denuncia, la entidad respondió citando el artículo 195 de la Constitución, que señala que “la Fiscalía dirigirá de oficio o a petición de parte, la investigación preprocesal y procesal penal.
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