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Municipio
Impuesto predial con alzas en 2018

En el 2018 el impuesto predial urbano estará en el rango de 1 por mil hasta el 2,20 por mil sobre el valor del predio.

Viernes 29 Diciembre 2017 | 04:00

 Hasta este año el impuesto es hasta del 1,4 por mil en predios urbanos y hasta 0,70 por mil en predios rurales. En el 2018 será hasta el 2,20 por mil en lo urbano y hasta el 1,20 por mil en lo rural.

La Ordenanza que regula la determinación del Impuesto Predial para el período 2018-2019 establece las tarifas sobre una base imponible en salarios básicos unificados (SBU). El SBU será de 386 dólares en el 2018.
El concejal Javier Pincay, presidente de la Comisión de Planificación y Presupuesto del Concejo Cantonal, señaló que las propiedades urbanas que tengan un avalúo de hasta 25 SBU (9.650 dólares) pagarán el uno por mil y para aquellas que superen los 1.200 SBU (463.200 dólares) el impuesto será de 2,20 por mil (ver cuadro). En todos los casos se establece una fracción básica en dólares.
El edil señaló que en el primer rango de hasta 25 salarios básicos hay más de 23.000 predios y en el último de los casos no hay más de 4.000 predios en el cantón. 
En la zona rural, las propiedades cuyo avalúo sea hasta de 15 SBU (5.790 dólares)  pagarán el 0,40 por mil de impuesto predial. 
En el 2018 también los predios tendrán nuevo avalúo en función de la actualización del catastro bianual que establece el COOTAD. 
Además, habrá rebajas en la contribución especial de mejoras del 40 % para el sector económico alto; del 70 % para la clase media; y, del 80 % para el sector económico bajo.
 
Preocupación.  Otra de las ordenanzas aprobadas el 30 de noviembre, la que regula la determinación del Impuesto Predial del Bienio 2018-202, señala en la Transitoria Segunda:  “Se establece un recargo anual del dos por mil (2 ‰) que se cobrará sobre el avalúo de la propiedad, que gravará a los inmuebles no edificados hasta que se realice la edificación, mismo que deberá aplicarse conforme las regulaciones establecidas en el artículo 507 del COOTAD”. El literal d) de ese artículo señala: Cuando por terremoto u otra causa semejante, se destruyere un edificio, no habrá lugar al recargo de que trata este artículo, en los cinco años inmediatos siguientes al del siniestro”.
La exconcejal Ana Pilay, quien vive en la denominada “zona cero”, preguntó “Por qué no revisaron la Ley de Solidaridad y la tomaron como referencia para ver la afectación que vamos a tener, porque se actualizó el catastro, hay un incremento no solo por la actualización, sino porque se elevó la tarifa no solo del impuesto predial, sino de la contribución especial de mejoras, que van ligados, súmele las tasas que se han creado en esta administración; no hay consideración”, añadió.
Dijo que antes de que termine diciembre el Concejo puede aprobar una transitoria que deje sin efecto el cobro de impuestos y contribuciones a predios en “zona cero” y aquellos donde se ha constatado que se cayó la vivienda o sufrió alguna afectación el 16A.
El concejal Pincay indicó que con el dron se ha trabajado en la actualización del catastro, que ha verificado los terrenos donde no hay edificaciones y aquellos donde se ha hecho construcciones y mejoras, por lo que en algunos casos se revalorizará el predio y en otros se desvalorizará.
Añadió que en el 2016 y  el 2017 se expidieron ordenanzas para exonerar del pago de impuestos a personas afectadas por el terremoto, pero hay que recaudar recursos para obras. 
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