Quito. El Gobierno expidió ayer un reglamento que norma el procedimiento para entregar la carta de naturalización a extranjeros que lo soliciten en los consulados del país en el exterior.
El Viceministerio de Movilidad Humana de la Cancillería informó en un comunicado que podrán solicitar la nacionalidad ecuatoriana los extranjeros que, estando fuera del país, demuestren una residencia “regular y continua” de al menos tres años en Ecuador.
Asimismo, los que hayan contraído matrimonio o mantengan una unión de hecho con un ciudadano ecuatoriano por al menos dos años, así como los extranjeros bajo protección internacional otorgada por Ecuador y que justifiquen que han vivido en el país, de forma regular y continua al menos tres años.