Actualizado hace: 936 días 11 horas 38 minutos
El país tendrá 2 feriados de 4 días este año

Domingo 01 Enero 2017 | 04:00

Once días de descanso obligatorio anuales se aplicarán desde este año en el país, dos más que en los anteriores.

La Reforma a la Ley de Servicio Público y al Código de Trabajo, vigente desde el 20 de diciembre, incrementa los días de feriado nacionales. Según esta ley, en adelante Ecuador tendrá 11 días de descanso, que corresponde a los feriados nacionales y uno por las fiestas cívicas locales. La norma incorpora como feriados los días lunes y martes de carnaval, que hasta el año anterior eran recuperables.
Cambios. La ley prevé que si un día de descanso obligatorio cae en domingo, se trasladará al lunes. Si es en sábado, el asueto será el viernes anterior. Debido a esto, el lunes 26 de diciembre pasado y mañana, lunes 2 de enero, no hay labores normales.
“Cuando los días feriados de descanso obligatorio (...) correspondan al día martes, el descanso se trasladará el día lunes inmediato anterior, y si coinciden con los días miércoles o jueves, el descanso se pasará al día viernes de la misma semana”, señala la ley. Agrega que el mismo criterio se aplicará para los feriados de carácter local.
Se exceptúan de esta disposición los días 1 de enero, 25 de diciembre y martes de carnaval.
También se detalla el procedimiento para el caso de que los feriados nacionales o locales coincidan en días continuos (por ejemplo, el 2 y 3 de noviembre).
Si los feriados son lunes y martes, o jueves y viernes, los días de descanso no se trasladarán.
Si coinciden con martes y miércoles, el descanso del miércoles se traslada al lunes de la misma semana.
Si son miércoles y jueves, el miércoles se mueve al viernes. Cuando se trate de viernes y sábado, el descanso del sábado se tomará el jueves anterior al feriado. En caso de los días de descanso sean domingo y lunes, el domingo se traslada al martes.
También se destaca que en entidades en que no pueda interrumpirse el trabajo, para quienes trabajen en los días de descanso obligatorio se debe designar otro tiempo igual en la semana para el descanso o pagar la remuneración con el recargo por trabajo extraordinario.
En aplicación de la ley, el feriado de carnaval será de 4 días, en forma obligatoria, y el de difuntos e Independencia de Cuenca (2 y 3 de noviembre) tendrá igual duración. 
Compartir en Facebook
Compartir en Twitter
  • ¿Qué te pareció la noticia?
  • Buena
  • Regular
  • Mala

Más noticias