Actualizado hace: 930 días 11 horas 26 minutos
Marcelo Farfán Intriago
El Amparo Constitucional
Marcelo Farfán Intriago

Fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre, los Estados Americanos aprobaron el 7 de noviembre de 1969, la llamada Convención Americana sobre derechos humanos conocida también como Pacto de San José. En el artículo 25 de dicha Corte se dice: “TODA PERSONA TIENE DERECHO A UN RECURSO SENCILLO Y RÁPIDO O A CUALQUIER OTRO RECURSO EFECTIVO ANTE LOS JUECES O TRIBUNALES COMPETENTES, QUE LA AMPARE CONTRA ACTOS QUE VIOLEN SUS DERECHOS FUNDAMENTALES RECONOCIDOS POR LA CONSTITUCIÓN, LA LEY O LA PRESENTE CONVENCIÓN”.

Miércoles 30 Mayo 2007 | 22:30

Nuestro país, antes de esta convención, ya tenía incorporado este recurso en su Constitución de 1967, ya que en su artículo 28 numeral 15 decía: “SON DERECHOS GARANTIZADOS: EL DERECHO A DEMANDAR EL AMPARO JURISDICCIONAL CONTRA CUALQUIER VIOLACIÓN A LAS GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, SIN PERJUICIO DEL DEBER QUE INCUMBE AL PODER PÚBLICO DE VELAR POR LA OBSERVANCIA DE LA CONSTITUCIÓN Y LAS LEYES”. Esta garantía fue ratificada en la Constitución de 1979 y en la de 1998 que la desarrolló más ampliamente. Lamentablemente el recurso no ha sido reglamentado apropiadamente, siendo mal y mañosamente utilizado por lo que respetables ciudadanos, incluyendo el actual mandatario, han expresado opiniones de que debe desaparecer, lo cual no es procedente, precisamente porque Ecuador se adhirió al Pacto de San José ratificándolo el 28 de diciembre de 1977 y según el artículo 1 de esa convención, los Estados partes, tienen la obligación de mantener vigente el Recurso de Amparo Constitucional, porque de lo contrario serán sancionados internacionalmente. Todo el país conoce los problemas legales y constitucionales por los que han pasado las diversas instituciones del país durante cuatro meses, producto de resoluciones dictadas por la propia Corte Suprema de Justicia, inclusive resoluciones en contra de la misma Corte Suprema, lo cual demuestra la vulnerabilidad de este recurso. Como el Tribunal Constitucional dejará de ser un ente político en la nueva Constitución, según los pronunciamientos de los diversos sectores sociales y políticos previo a la instalación de la Asamblea Constituyente, sugiero que se creen los Tribunales Constitucionales en cada provincia, dependientes del mismo Tribunal y no de la Corte Suprema, quienes conocerán y resolverán los recursos constitucionales en primera instancia, evitando caer en los errores del pasado.
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