Actualizado hace: 937 días 5 horas 33 minutos
Indemnización se agrega a ley

Indemnizar al usuario por daños ocasionados en la calidad del servicio de energía eléctrica es uno de los puntos que establece el nuevo proyecto de Ley Orgánica del Servicio Público de Energía Eléctrica.

Miércoles 03 Diciembre 2014 | 04:00

 La normativa, que fue aprobada en días anteriores en la Asamblea, determina entre los derechos del consumidor en su artículo 4, inciso 9, que será indemnizado “por los daños ocasionados por causas imputables a la calidad del servicio público de energía eléctrica suministrado por parte de la empresa eléctrica de distribución y comercialización”.

Es decir, si existe un corte de luz  y se daña un artefacto por “el mal servicio de energía eléctrica”, el cliente será compensado con la pérdida que tuvo.
Así lo detalló Waldemar Pacheco, gerente de la Corporación Nacional de Electricidad (Cnel) Manabí.
“Esto es algo que se agrega a la ley y que no estaba contemplado”, dijo Pacheco.
Actualmente dice que es algo que se debe realizar, pero que si “en este momento se ponía en marcha” este tipo de procedimientos “la empresa quebraría”.
Según Pacheco, el gobierno se encuentra haciendo las inversiones necesarias para poder aplicar lo contemplado en la ley.
 
Otros. El funcionario destaca la ley y dice que beneficiará tanto a la ciudadanía como al sector eléctrico. Otro de los puntos que se determina en la normativa es el pago de la planilla eléctrica.
“Sólo se cobrará lo que es; ciertos usuarios pagan más por impuestos y tasas que por el consumo de energía eléctrica. Va a ser una planilla de energía eléctrica sincerable”, indicó Pacheco.
También existirá la tarifa única a nivel nacional. “En gobiernos anteriores Manabí era la provincia que pagaba la energía más cara del país”, recuerda Pacheco y añade que aplicando este artículo esto se regularizará en todo el territorio.
No así, el asambleísta Andrés Páez cree que no pueden existir las tarifas únicas.
“El sector industrial no puede tener la misma tarifa que el sector doméstico. Debe tener una tarifa que constituya un incentivo para el sector productivo, pero también una tarifa preferencial para los sectores marginales de más escasos recursos”, señaló el legislador.
El proyecto también establece en el artículo 71 la suspensión del servicio por falta de pago, entre otras cosas, pero Páez dice que esto va en contra de la Constitución de garantizar los servicios básicos a los ciudadanos. “No puede suspenderse porque sería contrario a la Constitución. Existen formas de perurgir a los consumidores para que paguen lo que adeudan, pero no puede llegarse a extremos que van en detrimento de elementos derechos ciudadanos”, aseguró.
Aún no se conoce la fecha de publicación de la normativa.
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