Actualizado hace: 936 días 18 horas 14 minutos
Reglan difusión de productos

Los medios de comunicación no podrán publicitar productos cuyo uso regular o recurrente produzca afectaciones a la salud de las personas.

Sábado 22 Noviembre 2014 | 04:00

 Esto, según la circular 012-2014, emitida por la intendencia zonal 4 de la Supercom, que hace referencia al artículo 94 de la Ley Orgánica de Comunicación sobre la Protección de derechos en publicidad y propaganda. 

“La publicidad y propaganda respetarán los derechos garantizados por la Constitución y los tratados internacionales”, indica.
Por lo tanto, la publicidad de productos destinados a la alimentación y la salud deberá tener la autorización previa del Ministerio de Salud, organismo encargado de elaborar el listado de estos productos. Además los medios de comunicación para la difusión de publicidad requerirán, de la persona que ordene la pauta, la presentación de la notificación otorgada por el Ministerio de Salud  y conservarán en sus archivos copia certificada de este documento.
 
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