Acogiendo recomendaciones del Consejo Consultivo, el MAGAP ha oficializado el reglamento que regirá la comercialización de maíz amarillo duro, el mismo que introduce importantes modificaciones que conviene recalcar.
Es incuestionable que entre los factores de éxito o fracaso de la actividad, aflora con gran definición la segura absorción de las cosechas, de allí que es comprensible que el Estado adopte medidas concretas para garantizar la rentabilidad rural en una gramínea con grandes posibilidades de autoabastecimiento, desarraigando para siempre las nocivas importaciones, para el efecto se cuenta con suelos apropiados, semillas mejoradas de alta productividad, manejo tecnológico superior y una capacidad de trabajo de todos los actores de la cadena, digna de proclamarse.
Se trata que ahora se fijará mensualmente el precio que se llamará de Comercialización o PC, que incluirá los costos de importación, es decir, lo que le significaría a un empresario traerlo del exterior, o sea el valor del producto, transporte, seguro, gastos de nacionalización más la tarifa variable de protección. Pero subsistirá también el Precio de Sustentación (PS), señalado cada seis meses, que será el resultado de establecer lo que le cuesta a un maicero producir un quintal, más una razonable utilidad que propenda a su legítimo y merecido bienestar. Esto implicará necesariamente que el gobierno no escatime recursos para cubrir eventuales subsidios, como el acordado para el café en Colombia. El interesante mecanismo consistirá en que cuando el valor de comercialización sea inferior a los costos del cereal, inmediatamente el estado activará el Precio de Sustentación; se entiende por tanto que la Unidad Nacional de Almacenamiento, UNA antes ENAC, abrirá sus centros de acopio asegurando el referido nivel mínimo de sostenimiento, a efectos que el agricultor cuente con el eficiente y oportuno amparo estatal que insistentemente se ha venido reclamando. Paralelamente, las industrias podrán adquirir su materia prima acatando los niveles de comercialización o sustentación.
Nos parece una buena medida que tiene que ser complementada con el funcionamiento de suficientes instalaciones de secado y almacenamiento, capaces de recibir sin demora el grueso de una recolección que se manifiesta en corto lapso; que la UNA y el sector privado cuenten con los recursos económicos suficientes para que paguen sin dilación. Entendemos además que no se permitirá inoportunas importaciones que darían al traste con las buenas intenciones que la regulación se propone.
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