Las pensiones para los menores de edad en los juicios por alimentos, subió un 5,41 por ciento en enero.
El Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia en cumplimiento con lo dispuesto en la Reforma al Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, publicó la tabla de pensiones alimenticias mínimas, señaló una funcionaria de la Pagaduría del Juzgado de la Niñez en Portoviejo.
Esto consta en la Resolución 01-CNNA-2012, Registro Oficial 628 del 27 de enero de 2012.
"Esto garantiza el derecho a alimentos de los niños y adolescentes", destacó Beatriz Barrezueta, profesional del Derecho.
Ninguna pensión alimenticia puede ser menor a 79,42 dólares, mencionó.
Para establecer los valores de las pensiones se consideró necesidades básicas por edad del alimentado, ingresos y recursos de los alimentantes, asi como el porcentaje de la inflación anual determinado por el INEC, que este año es del 5,41%. Además, el salario básico unificado (SBU) determinado es de 292 dólares, por lo que los valores fijados están establecidos en tres niveles.
"Dependiendo de los ingresos del demandado es el aporte que recibirá el niño", dijo la abogada. <
TABLA DE PENSIONES ALIMENTICIAS 2012
Si los ingresos del demandado son de un SBU, hasta 436 dólares
Edad del/a alimentado/a
Derechohabientes 0 a 4 años 5 años en adelante
1 hijo/a 27,2% del ingreso 28,53% del ingreso
2 hijos/as 39,67% del ingreso 41,72% del ingreso
3 o más hijos/as 52,18% del ingreso 54,23% del ingreso
NIVEL 2
Si los ingresos del demandado son de: 437 dólares hasta 1.090 dólares
Edad del/a alimentado/a
Derechohabientes 0 a 4 años 5 años en adelante
1 hijo/a 33,70% del ingreso 35,75% del ingreso
2 o más hijos/as 47,45% del ingreso 49,51% del ingreso
NIVEL 3
Si los ingresos del demandado son de: 1.091 dólares en adelante
Edad del/a alimentado/a
Derechohabientes 0 a 4 años 5 años en adelante
1 o más hijos/as 41,36% del ingreso 44,57% del ingreso