Actualizado hace: 935 días 17 horas 29 minutos
Jipijapa-portoviejo
Ley de Caminos reubica vendedores

La desolación se refleja en el rostro de Asdrubal Pín Flores, al conocer que por la Ley de Caminos debe derrocar su vivienda, ubicada en la orilla del camino a Jipijapa.

Miércoles 25 Enero 2012 | 00:00

Con tristeza comentó que no sabe a dónde reubicar su casa que está en un terreno de 8 por 20 metros, en Sancán. 
"El municipio de Jipijapa autorizó la escritura hace 4 años y ellos deben solucionarlo porque debieron considerar la ley que nos aplican ahora", argumentó Pín.
Al igual que él, varias personas deben reubicar sus viviendas y negocios, tanto en el sector de Sancán en Jipijapa, como en el sitio Sosote en la vía Portoviejo-Crucita. El Ministerio de Transporte y Obras Públicas notificó a los vendedores de tortillas y morcillas que tienen plazo hasta este 27 de enero para reubicar los negocios instalados en la vía, porque deben respetar la Ley de Caminos, señaló Gregorio Madrid Toala, vendedor de Sancán.
"Creo que este apuro es porque viene el Presidente", destacó un vendedor que omitió su nombre por temor a represalias.
 
 reacción. En busca de solución, los 85 vendedores de Sancán que están agrupados en dos asociaciones se reunieron el pasado lunes con las autoridades del MTOP.  Acordaron reubicarse temporalmente -hasta este viernes- a ocho metros desde donde concluye el asfalto.
"Estamos preocupados", recalcó Roberto Barahona.
Para reubicarse deben rellenar los terrenos y adquirir el lastre, porque el MTOP sólo prestaría las máquinas para adecentar el lugar.
Maira Cedeño, directora provincial de Turismo, destacó que los GAD y las asociaciones pueden presentar proyectos para apoyarlos con las facilidades turísticas y así continúen con su labor productiva.
 

 Ley de Caminos. El artículo 4 del reglamento Aplicativo de la Ley de Caminos establece que de manera general se permite construir cerramientos a partir de los 25 metros contados desde el centro de la vía y edificar viviendas al margen de los 30 metros desde el eje de la carretera hacía cada uno de los lados. En consecuencia, está prohibido construir, plantar o ubicar cerramientos en los terrenos comprendidos dentro del derecho de vía (25 metros). < 

Compartir en Facebook
Compartir en Twitter
  • ¿Qué te pareció la noticia?
  • Buena
  • Regular
  • Mala

Más noticias