Actualizado hace: 931 días 17 horas 36 minutos
Quito
Respaldo a pedido de la UNP sobre las medidas cautelares

En plazo de 48 horas el presidente Rafael Correa y el titular de la Asamblea Fernando Cordero (AP), deberán exponer sus alegatos antes de que el Juzgado Segundo de lo Penal de Pichincha acepte o rechace la solicitud de medidas cautelares pedidas por la Unión Nacional de Periodistas (UNP) para evitar que el veto a las reformas al Código de la Democracia se publique en el Registro Oficial.

Viernes 20 Enero 2012 | 11:17

La jueza, Ángela Sarmiento, mediante providencia, el miércoles anterior, envió el pedido de medidas cautelares a conocimiento de Correa y Cordero, porque “en todo procedimiento constitucional se debe observar el derecho a un debido proceso desarrollado tanto en la Constitución, los tratados internacionales y la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales”. 

Vicente Ordóñez, presidente de la UNP, insistió en que el artículo 21 del veto a las reformas a este Código “amenaza gravemente con violar los derechos constitucionales de la libertad de pensamiento y expresión”, al impedir la publicación o realización de entrevistas, reportajes o la transmisión de cualquier otro mensaje en los medios de comunicación, sobre los candidatos que participarán en las elecciones del 2013. 
Ordóñez, junto al abogado Santiago Guarderas, presentaron ayer un escrito rechazando la providencia a la que consideran “contraria a derecho”. 
Explican que las medidas cautelares se decretan o se despachan bajo la figura legal de “inaudita parte”. “Es decir se ordenan sin oír previamente a la parte contraria”, con el objeto de que se cumpla la medida. 
Para Guarderas “la jueza debía conceder o no la medida cautelar o, de manera excepcional, convocar a una audiencia para ordenar y dar lectura a la petición y que ellos (Correa y Cordero) respondan, pero esto nunca es con conocimiento previo de la otra parte”.
Mientras, la Asociación Ecuatoriana de Editores de Periódicos (Aedep) presentó ayer en ese Juzgado un Amicus Curiae (amigos de la Corte) para que la jueza tenga más elementos para resolver la causa. 
La Aedep expone que el veto presidencial da la facultad al Consejo Nacional Electoral, máximo organismo en época de elecciones, de “hacer censura previa de la información”, apegándose al artículo 203 de la norma. Explica que la petición de medidas cautelares no tiene como fin declarar la inconstitucionalidad de la norma, sino evitar “una inminente y grave violación de los derechos constitucionales”. 
Correa insistió que el veto establece que la prensa se abstenga de hacer promoción a favor o en contra de un candidato, pero no prohíbe la publicación de entrevistas, reportajes o cualquier otra información.
El pasado 10 de enero, la Asamblea no se allanó ni insistió en la ratificación del artículo sobre las restricciones a la prensa, por lo que la disposición entraría en vigencia por el ministerio de la ley el 5 de febrero.
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