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JUBILACIÓN PATRONAL DE LAS MUJERES
JUBILACIÓN PATRONAL DE LAS MUJERES
Por: Ivonne Núñez Figueroa

Viernes 06 Enero 2012 | 00:00

Sí es posible que en nuestro país las mujeres trabajadoras tenga la opción de jubilarse a los 25 años de trabajo. No se requiere ningún respaldo técnico del Ministerio de Finanzas; según el Código de Trabajo Ecuatoriano, Art. 216, dispone que los trabajadores ( hombres-mujeres ) que por veinticinco años o más hubieren prestado servicios, continuada o interrumpidamente, tendrán derecho a ser jubilados por sus empleadores de acuerdo con los haberes individuales; esto es conocido como Jubilación patronal. Por lo tanto, carece de sustento legal y no existe armonía sectorial, si por un lado está facultada la jubilación en el sector privado y justamente el estado, sector público, la imposibilita.

La reforma planteada en la asamblea nacional, para la reforma a la Ley de Seguridad Social, es correcta, pretenden equilibrar a los sectores privado y estatal para la jubilación de las mujeres.
No existe ninguna disposición constitucional que prohíba reformar la Ley de Seguridad Social. Si se impulsa incorporar al Art. 184 de esta mencionada Ley, que las mujeres que laboran en el sector público puedan acceder a la jubilación a los veinticinco años de labores y 300 imposiciones al IESS, no sólo que es justa, sino tiende a igualar los derechos de las personas; lo que convierte entonces en un reconocimiento y cumplimiento a la propia  constitución, art. 11, numeral 2 que dice: “ todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades y además  nadie podrá ser discriminado por razones de sexo...”.
La rama laboral femenina en el Ecuador es sustancialmente menor que la masculina, por lo que, se queda sin fundamento el respaldo técnico que argumentan algunas asambleístas para oponerse al cumplimiento de la propia constitución. No sólo hemos luchado por la igualdad de oportunidades en el ámbito político, sino que en el ámbito laboral es donde más atrasos tenemos. Hoy, se convierte en una oportunidad histórica que las mujeres optemos por escoger, si aquellas que laboran en el sector público se acogen a la jubilación patronal; pues, en el sector privado esta es ya una realidad.
Que a nadie le sorprenda en la Asamblea Nacional el debate de la jubilación patronal en el sector público. El estado ecuatoriano, si practica la igualdad social y jurídica que señala la carta magna, debe dar paso a la jubilación de las mujeres trabajadoras a los veinticinco años de trabajo. Jamás, las aportaciones otorgadas al IESS en nuestros años de labores, y que se conservan en el actuarial de las empresas públicas, llevarán a la quiebra económica. No debemos olvidar que el propio estado es el mayor deudor del IESS con  una deuda superior a los $100 millones de dólares. <
 

 

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