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ASAMBLEA
Ley de Comunicación afectaría a los comentarios en internet

Los comentarios en redes sociales y en las páginas web de los medios de comunicación también serán afectados por la Ley de Comunicación, según el informe complementario que propone el oficialismo.

Martes 26 Julio 2011 | 00:00


El informe fue entregado por Mauro Andino, presidente de la Comisión de Comunicación y, si se lo aprueba, pasará al segundo debate.
El documento incorpora cambios a partir del contenido de las preguntas 3 y 9 de la consulta popular que se referían a la Ley de Comunicación.
Abarca a a los contenidos que se publicación en cualquier plataforma e incluso determina responsabilidades por los comentarios que hagan los lectores en las páginas web de los medios.
Los asambleístas César Montúfar, Fausto Cobo, Jimmy Pinoargote y Lourdes Tibán anunciaron que presentarán un texto alternativo.
Cobo dijo que determinados artículos del informe son atentatorios a la libertad de expresión y pensamiento.
Montúfar manifestó que en dicho texto se incluyen aspectos como la regulación de las plataformas tecnológicas (páginas web, redes sociales, portales electrónicos, entre otros), la posibilidad de interferencia en los informativos; amplias atribuciones del Consejo de Regulación; la transformación punitiva del principio de responsabilidad ulterior; y, la definición discriminatoria en contra de los medios de comunicación al referirse a las empresas privadas nacionales de este tipo.
 contenido. Los asambleístas indicaron que, por ejemplo, el artículo 5, que se refiere al contenido discriminatorio, es un atentado  a la libertad de expresión porque regula a todas las plataformas tecnológicas y establece un amplio rango de posibilidades  que caerían en la clasificación de contenidos discriminatorios.
Lo mismo ocurre con las regulaciones para contenidos violentos o sexualmente explícitos.
Además señalaron que el artículo 13, que trata de la responsabilidad ulterior, establece censura previa en los medios de comunicación.
En el artículo 14 se determina que los comentarios al pie de las páginas electrónicas son responsabilidad del medio cuando no se verifique la identidad de sus autores.
En cuanto a la conformación de los integrantes del Consejo de Regulación y Desarrollo de la Comunicación, cuestionan que haya tres integrantes en representación del Ejecutivo.

 Oficialismo.  Los asambleístas del movimiento País, que integran la Comisión Ocasional, decidieron reunirse ayer por tarde, según informó la legisladora Betty Carrillo, quien aseguró que existen temas que todavía necesitan ser debatidos, como la veracidad, autorregulación, barómetos de medición, responsabilidad ulterior y otros.

 

Algunos puntos

  Art. 3: "Los medios de comunicación generalistas difundir´´an contenidos de carácter informativo, educativo y cultural, en forma prevalente. Estos contenidos deberán propender a la calidad y ser difusores de los valores y los derechos fudamentales consignados en la Constitución y en los instrumentos internacionales".<
 Art. 11: "Se prohíbe el uso de imágenes violentas, sangrientas y alusivas a la muerte en todos los medios de comunicación dentro de coberturas informativas, que no estén debidamente contextualizadas y que tengan como efecto lesionar derechos fundamentales de las personas".<
 Art. 14: "Habrá lugar a responsabilidad ulterior de los medios de comunicación, en los ámbitos civil y administrativo, cuando las informaciones de relevancia pública difundidas sean asumidas expresamente por el medio o no se hallen atribuidas explícitamente a otra persona. Los comentarios formulados al pie de las publicaciones electrónicas en las páginas web de los medios de comunicación formalmente constituidos serán responsabilidad de los medios si no verifican la identidad de las personas que formulan dichos comentarios". <
 Art. 21: Los medios audiovisuales y las empresas de telecomunicaciones, adquieren la condición de empresas privadas de comunicación de carácter nacional cuando su cobertura llega al 25% o más de la población nacional, o tienen cobertura en 6 provincias o más.  Adquieren la misma condición los medios impresos que emitan un número de ejemplares igual o superior al 0,50% de la población nacional en cualquiera de sus ediciones en el año inmediato anterior.

La independencia de los medios de comunicación

La propuesta oficialista prohíbe que los accionistas de una empresa privada de comunicación nacional que tengan más del 6% del paquete accionario tengan participaciones en empresas de otro tipo. Esta medida abarca a los administradores y a los cónyuges de los accionistas.
Esto se halla incluido en el artículo 20 que trata del sistema financiero e independencia de los medios de comunicación.
Si esta disposición se aprueba, los accionistas, miembros del directorio y administradores de las empresas privadas de comunicación deberán enajenarlas las acciones que tengan en empresas de otro tipo hasta el 13 de julio del año 2012, un año después de la publicación oficial de los resultados de la consulta popular.
No pueden ser beneficiarios de esta enajenación los  parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad.

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