Actualizado hace: 935 días 3 horas 11 minutos
Eduardo Brito Mieles
TEMAS SIEMPRE VIVOS

En el drama Edipo Rey, Sófocles dice: “yo siempre a Dios me acojo por auxilio y protección…”. Esta frase antigua como las tragedias griegas surge muchas veces cuando alguien presiente la muerte con el sepulcro en cercanía. Otro significado de la frase es creencia, fe y convicción religiosa, de principio a fin de nuestras vidas. Hay también quienes por vivir a la ventura, sin Dios, sin fe ni religión buscan auxilio y protección en su propia conciencia y razón, convencidos de que quien manda y decide es la fortuna. Así, cada quien se engolfa en sus personales creencias y convicciones y las defiende como parte de su libertad, bajo el principio de pluralidad y tolerancia que protege inclusive a quienes no profesan religión alguna.

Jueves 14 Julio 2011 | 00:00

Ejerciendo mi libertad yo digo que la fe religiosa, el alma religiosa, deben ser vividas a plenitud, sin embargo, muchos laicos y religiosos de púlpitos, son timoratos, superficiales y tienen miedo y cobardía para defender esa fe con amor y fervor, evitando que la incredulidad aumente y el incienso espiritual de esa fe deje de arder en el alma, en los hogares y en los templos.
Sobre justicia ocurre algo parecido. Los órganos de la Función Judicial actúan de manera descoordinada, acorralado y sin defensa institucional. Agobiados por la atosigante e irresponsable inculpación genérica de corrupción, muletilla de siempre para justificar objetivos transitorios de gobiernos, con rediseños de políticas para esa Función, constitucionalmente garantizada en su independencia interna y externa, so pena de responsabilidad administrativa, civil y penal cuando son violadas esas garantías. El país espera que el rediseño del sistema administrativo de justicia a cargo del Consejo Interino de la Judicatura no anule ni desnaturalice los principios y garantías de la independencia judicial. Con la reforma o rediseño, ¿los órganos de la Función Judicial, tendrán acaso atribuciones para formular con independencia, políticas administrativas para transformar el sistema y brindar un servicio de calidad, inclusive con políticas económicas para optimizar los recursos financieros, la planificación y programación oportuna de las inversiones judiciales, como consagra el art. 3 del Código Orgánico? ¿O será aquel Consejo Interino tricéfalo de la Judicatura, el competente para toda esa tarea de remodelación programática? 

La suerte de los vigentes principios y garantías constitucionales para lo judicial, será también la suerte para el Código Orgánico, muchas de cuyas normas están dislocadas de la Carta Magna y agreden la dignidad de los judiciales y la de los miembros del Foro Nacional. La Función Judicial es la cenicienta a la que se sigue imponiendo sistemas para debilitar su fortaleza. Para quebrar su independencia. Para asfixiarla financieramente y así gobernarla con esquemas políticos de circunstancia que surgen en cada período político de nuestra caótica historia republicana.  

Compartir en Facebook
Compartir en Twitter
  • ¿Qué te pareció la noticia?
  • Buena
  • Regular
  • Mala

Más noticias