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APROBACIÓN
Sistema de calidad tiene su ley
CUIDADO Con esta ley los productos tendrán una evaluación de su calidad más acuciosa

RNI. El pleno del Congreso Nacional concluyó ayer el tratamiento en segundo y definitivo debate del proyecto de Ley del Sistema Ecuatoriano de Calidad que regula los principios y políticas de las entidades relacionadas con la evaluación para la aprobación de ciertos productos y de los derechos ciudadanos, (la seguridad, protección de la vida, la salud, la preservación del medio ambiente y la protección del consumidor).

Jueves 14 Diciembre 2006 | 20:30

Sobre esta base se determina que los productores y comerciantes deberán cumplir con estrictas normas para garantizar la calidad de bienes y servicios, a fin de que los ecuatorianos tengan la seguridad de consumir productos óptimos, para lo que los legisladores crearon el Consejo Nacional de Calidad (Concal), el cual se encargará de evaluar el producto. El cuerpo legal prevé además sanciones drásticas tanto para productores, como para comerciantes, importadores y exportadores, en caso de incumplimiento de la normativa legal. Las empresas nacionales podrán obtener las certificaciones sin necesidades. También otorga autonomía administrativa, económica, financiera, operativa y técnica al Concal y al Instituto Ecuatoriano de Normalización (Inen). Entre las funciones que deberá cumplir el Inen, está el promover y difundir programas orientados al mejoramiento de la calidad con los sectores productivos; preparar el Plan Nacional de Normalización que apoye la elaboración de reglamentos técnicos para productos. Los parlamentarios constituyeron el Organismo de Acreditación Ecuatoriano (OAE), como entidad técnica de derecho público, con personería jurídica, patrimonio y fondos propios, con autonomía administrativa, económica, financiera y operativa, con sede en Quito y competencia a nivel nacional. Se regirá conforme a los lineamientos y prácticas internacionales. Al OAE le corresponde administrar contratar y remover a los funcionarios, empleados y trabajadores que presten sus servicios a la entidad; suscribir toda clase de actos y contratos que sean necesarios para el desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de sus fines; elaborar los planes operativos y el proyecto de presupuesto anual de la entidad. Podrá acreditar, en concordancia con los organismos internacionales, la competencia técnica en materia de evaluación de la conformidad; coordinar la suscripción de acuerdos de reconocimiento mutuo; supervisar a las entidades acreditadas y determinar las condiciones técnicas bajo las cuales pueden ofrecer sus servicios a terceros; promover la acreditación de evaluación de la conformidad en todos los ámbitos científico y tecnológico y difundir las ventajas y utilidades de la acreditación a nivel nacional. Financiamiento Contará con los siguientes recursos: los aportes que entregue el Estado; los fondos no reembolsables que organismos internacionales o países amigos destinen; los provenientes del cobro de las tasas por los servicios que preste el sector público y privado, dentro del ámbito de su competencia; los legados o donaciones legalmente aceptados; los rendimientos que generen las inversiones que realice; y, los excedentes que genere al final de cada período fiscal. En las compras y adquisiciones de bienes y servicios de los organismos del sector público, incluyendo las entidades autónomas, deberá demostrarse el cumplimiento de la calidad de dichos bienes y servicios con los reglamentos técnicos pertinentes, mediante un certificado de aprobación. Los productos que cuenten con sello de calidad del Inen no están sujetos al requisito de conformidad para su comercialización.
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