Actualizado hace: 936 días 20 horas 21 minutos
LEGISLATURA
Sanciones son más duras con reforma

El proyecto de reformas a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre Tránsito y Seguridad, aprobado por el Pleno de la Asamblea Nacional con 83 votos, entre otros aspectos, sanciona de manera severa al conductor que condujere el vehículo bajo los efectos de drogas y en estado de embriaguez.

Domingo 16 Enero 2011 | 00:00



Bajo estos parámetros se establece que incurre en contravención muy grave quien condujere un vehículo bajo los efectos de sustancias estupefacientes, en cuyo caso será sancionado con una multa de una remuneración básica unificada del trabajador en general, reducción de 15 puntos de su licencia de conducir y 30 días de prisión.
También quien condujere bajo estado de embriaguez, en cuyo caso será sancionado de acuerdo a la siguiente escala: si el nivel de alcohol por litro de sangre excede de 0,3 gramos y es inferior a 0,8 gramos, se aplicará la multa de una remuneración básica del trabajador en el general, la pérdida de cinco puntos en su licencia y cinco días de prisión; si el nivel del alcohol por litro de sangre es de 0,8 gramos o más, la multa será una remuneración básica del trabajador en general y la pérdida de 10 puntos en su licencia y 15 días de prisión.
Igualmente, el cuerpo legal establece sanciones leves (primera, segunda y tercera clase) y graves (primeras segunda y tercera clase), por ejemplo conducir sin cinturón de seguridad, hablar por celular, sin luces que están tipificadas en las infracciones leves. <

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