RNI. El presidente de la República, Alfredo Palacio, redujo las penas que sancionan el tráfico ilegal de personas, mediante un veto parcial al proyecto de reformas a los artículos 440A y 440B del Código Penal.
Anteriormente la pena por este delito era de ocho a 12 años de cárcel.
Ahora, la reducción que propone el Ejecutivo a esta sanción es de cuatro a ocho años de reclusión para las personas que ilegalmente promuevan, faciliten, induzcan, financien, participen o ayuden a la migración de personas nacionales o extranjeras desde territorio nacional hacia otros países, siempre que ello no constituya infracción más grave. La sanción propuesta por el Jefe de Estado también se aplicará a los encargados de la protección y custodia de los niños, niñas o adolescentes, sean estos: padre, madre, abuelos, tíos, hermanos o tutores o cualquier otra persona que faciliten, de cualquier modo, la ejecución de este ilícito.
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