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 Es obligación de todo proveedor entregar al consumidor información veraz, completa y oportuna
Para bien o para mal, la publicidad existe
EL PROVEEDOR En la publicidad de sus productos o servicios, debe mantener en su poder para información de los interesados, los datos técnicos y científicos que sustentan el mensaje

El mercado se caracteriza por la utilización de la publicidad para acercar al consumidor con los proveedores, y en cierta forma la actividad publicitaria determina el consumo.

Jueves 07 Diciembre 2006 | 18:57

“Nadie escapa a la influencia de la publicidad. Para bien o para mal la publicidad está en todos lados, incluso las personas que no están expuestas a las diversas formas de publicidad se enfrentan a una sociedad y cultura bajo la influencia de mensajes y técnicas publicitarias de todo tipo”, señala Robert Araúz, diseñador de artes. A propósito de que diciembre es un mes de compras y regalos, en el que también proliferan los anuncios publicitarios de ofertas que inducen a un mayor gasto, como las promociones 2x1 que en realidad sólo se aplican a un reducido número de productos; los descuentos que van del 10 al 75 por ciento y los combos; compre ahora y pague el próximo año, por citar algunos casos. Es necesario que la colectividad tome conciencia de que no toda publicidad se ajusta a lo real, ennumeró Araúz. A propósito de éstas y algunas otras prácticas deshonestas. Araúz manifiesta que el publicista y los medios de difusión no pueden verificar el contenido real de un producto, y que para esos controles deberían existir organismos públicos, porque la publicidad engañosa está proliferando. Como una muestra son los mal llamados productos milagrosos, en los que se puede encasillar a las cremas o bebidas adelgazantes; restauradores de piel, y otra extensa variedad de productos, señala. “Los profesionales de la publicidad sólo hacemos el trabajo que se nos encarga, eso es resaltar las características de un producto para que se venda más en base a lo que nos cuenta el cliente o la marca, y si se consigue, la campaña ha tenido éxito”. ¿Qué dice la ley? Por éstas y otras razones es que se creó una ley que protege al consumidor de la publicidad engañosa. Paulina Murillo, asesora legal de Tribuna del Consumidor, indica que el proveedor cuya publicidad sea considerada engañosa o abusiva, será sancionado con una multa de mil a cuatro mil dólares. Porque según el artículo 17 de la ley, “es obligación de todo proveedor entregar al consumidor información veraz, suficiente, clara, completa y oportuna de los bienes o servicios”. CHEQUES REGALO Para obtenerlos, en ocasiones, es necesario comprar productos de elevada cuantía. Si incluyen descuentos, a veces se reducen a una pequeña lista de productos. PRODUCOS GANCHO Un solo producto a un precio excepcional busca muchas veces atraer al cliente para que adquiera, muchas veces, productos cerca de su fecha de caducidad. FOLLETOS POR CORRESPONDENCIA Entre la gran cantidad de folletos que llegan a titulares de cuentas bancarias o de tarjetas de crédito hay ofertas cuyas características reales no se ajustan a su publicidad.
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