Actualizado hace: 930 días 20 horas 3 minutos
Marcos Mendoza Mero
Abogados del diablo

Parece que el atroz antecedente de la administración de la justicia ecuatoriana ya no tiene posibilidad de quedar descansando para siempre en el pasado.

Sábado 02 Diciembre 2006 | 21:16

Esta especie de maleficio se agiganta sobre la enfermedad moral de casi todos los entes estatales salpicados por el fango putrefacto de donde evolucionaron las plagas de la epidemia politiquera que hoy ha sitiado al país. Desde ahí, indudablemente, se operó la metamorfosis de siniestros personajes que juegan con el sentimiento de los más desposeídos porque ellos jamás podrán presentarse como el mejor postor en las ferias del honor. Solamente en los últimos meses del año en curso se revelaron dictámenes, resoluciones y fallos que rayan en la afrenta, que no son más que proclama del destierro al escrúpulo. Sencillamente componen la antología del dominio infernal. A la sospechosa muerte en Quito, de la hija una empleada doméstica de un catédrático hermano de un conocido polítido, la determinaron, sin más trámite, como suicidio. Ni la discusión de la fallecida con dicho profesor con quien estaba tomando licor en el departamento de éste la noche anterior, ni la declaración de un joven confirmando esa versión, y las referencias de que el individuo ya ha afrontado anteriormente hechos parecidos, no tuvieron valor alguno pero sí tuvo mérito la declaración de su hermana. Varias personas imputadas en casos del atentado contra el pudor quedaron libres después de que el presidente de la Corte Superior de Quito sostuvo que dicho delito había sido eliminado por el Congreso Nacional, y que, por lo tanto, al dejar de ser castigado deben ser absueltos quienes estaban presos, lo que así susedió, a pesar de que otros judiciales discreparon con tal equivocado criterio, incluso señalaron que las reformas al Código de Procedimiento Penal, más bien habían endurecido la pena en contra de los que cometieron estas aberraciones sexuales, especialmente con menores de edad. Seguidamente la misma despistada autoridad, como movido por una mórbida vanidad figurativa, señala otro error legislativo por el que podrían haber quedado en libertad todos los involucrados en el caso “Torres Gemelas”. Por la naturaleza de estos ilícitos, conectados a un poderoso engranaje delincuencial, se vuelve más desconcertante la actitud del alto funcionario de quien sería interesante conocer su opinión, de lo que dos talentosos jueces de Manta documentadamente sustentan, y es que la Ley de Lavado de Activo, en su artículo 15, contempla sanción para esta clase de infractores regulada de acuerdo a los montos lavados. Los antes indicados pronunciamientos han sido desafortunados e irrespondables porque, estando de por medio gente acusada que desfiguran la teoría de la regeneración social, estos temas debieron haber sido tratados discretamente y con algo de sabiduría. Ha quedado confirmado lo que se preveía en virtud de la torcida forma que fue elegida la Corte Suprema de Justicia. La diferencia de la anterior, grotescamente gutierrizada, es que ésta tenía la orden de exonerar de toda responsabilidad penal y administrativa al gajo de sus camaradas corruptos, mientras que la de ahora, además de seguir esos pasos, la supera por las ofertas de sentencia idénticamente como se lo hace desde las perchas con mercaderías manidas. Así amenazaron con enjuiciar al respetable columnista que valientemente denunció ante la sociedad todas esas irregularidades, ente ellas la del descarado “favor” al inhumano Jamil Mahuad.
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