Actualizado hace: 935 días 7 horas 51 minutos
MANTA
Detrás de un asesinato pueden haber otras faltas

Harold Moreira Zambrano y Egberto Leoncio Desintonio Gómez fueron sentenciados en octubre de 2007 por el asesinato de Rosa Vélez Arteaga, hecho ocurrido el 23 de julio de 2002.

Sábado 19 Junio 2010 | 00:00

El suceso ocurrió en la vía Costanera, cerca de la población de San Mateo.
Moreira fue el autor intelectual de la muerte de la joven, que en ese entonces era su conviviente, en tanto que Desintonio fue quien disparó el arma que acabó con su vida.
Harold Moreira fue sentenciado a 30 años de reclusión mayor, pero actualmente está libre, ya que fue indultado debido a que padece cáncer en etapa terminal.
Moreira, como autor intelectual, hubiese sido condenado a menos tiempo de reclusión si no fuese porque en el asesinato de Rosa Vélez hubo una concurrencia de infracciones, es decir, además de la intención premeditada de acabar con la vida de Vélez, Harold Moreira cometió otras faltas a la vez, las cuales constan en el Código Penal.
Análisis
Marcos Zambrano, quien fue uno de los jueces que lo condenó y actualmente es presidente del Sexto Tribunal Penal de Garantías Penales, explica que el artículo 450 del Código Penal indica que un asesinato será reprimido con reclusión mayor especial de dieciséis a veinticinco años, cuando  se cometa con  alevosía, ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor de la víctima.
También cuando se hace por un precio o promesa remuneratoria o por un medio cualquiera capaz de causar grandes estragos; además buscando a propósito la noche o el despoblado para cometer el crimen.
Pero puede darse que, como en el caso de Rosa Vélez, se produzca una concurrencia de infracciones, porque la joven fue plagiada, torturada, la maniataron y la dejaron indefensa, y además la quemaron dentro de su vehículo tratando de esconder el crimen.
La concurrencia de infracciones consta en el artículo 81 del Código Penal, numeral 6, que dice que “Cuando un solo acto constituya varias infracciones, se impondrá la pena más rigurosa que será hasta de treinta y cinco años, si se trata de infracciones sancionadas con reclusión mayor especial”.
Zambrano señala que así, una persona  que haya cometido un asesinato puede ser condenada a 30 o 35 años.

Compartir en Facebook
Compartir en Twitter
  • ¿Qué te pareció la noticia?
  • Buena
  • Regular
  • Mala

Más noticias